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Portada » Actualidad » El Supremo pone a los bancos contra las cuerdas ante el aumento de estafas online

El Supremo pone a los bancos contra las cuerdas ante el aumento de estafas online

Las entidades financieras deberán asumir la responsabilidad si no prueban la negligencia grave del usuario en caso de fraude telemático.

Andaluciainforma Por Andaluciainforma
11 de mayo de 2025 a las 19:46
en Actualidad
Tiempo de lectura: 4 minutos
Mano manipulando tablet con datos en pantalla, simulando ciberestafa bancaria digital

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El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia histórica que exige a los bancos devolver las cantidades sustraídas en estafas digitales cuando no se demuestre una negligencia grave del usuario. El fallo, del pasado 9 de abril, reafirma que las entidades financieras deben proteger a los clientes frente a fraudes telemáticos, resultando especialmente relevante para quienes han sufrido retiradas de dinero no autorizadas. ¿Te ha ocurrido algo parecido?

En el caso concreto juzgado, el titular de una cuenta en Ibercaja fue víctima de múltiples cargos fraudulentos por un total de 83.692,73 euros, realizados en horarios poco habituales. Aunque el banco recuperó una parte, se negó a cubrir el resto. Ahora, la sentencia del Supremo zanja el asunto, obligando a la entidad a reembolsar el dinero y recordando que solo el usuario “responde” en situaciones de incumplimiento deliberado o negligencia grave.

Nuevos estándares de responsabilidad bancaria para proteger los derechos de los usuarios

Este pronunciamiento sienta un precedente contundente para el conjunto del sistema financiero. Se hace hincapié en que la carga de la prueba recae en el banco, que debe demostrar si el cliente actuó con irresponsabilidad. De ahí que, de no contar con evidencias claras, la entidad tenga que asumir el coste de las operaciones fraudulentas.

Para evitar confusiones, el Supremo subraya que no basta con la mera sospecha de que el usuario haya facilitado sus contraseñas de forma involuntaria, por ejemplo, a través de ataques de “phising”. Mientras no exista una negligencia evidente, corresponde a la entidad financiera responder económicamente ante los fraudes.

Cómo reclamar ante un posible fraude telemático y qué documentación presentar

¿Has detectado movimientos extraños en tu cuenta? Lo primero es avisar de inmediato al banco. Después, conviene reunir toda la información posible:

  1. Extractos de cuenta y notificaciones de operaciones
  2. Comunicaciones con la entidad bancaria (correos electrónicos, mensajes o avisos en la app)
  3. Informes o pruebas de accesos no autorizados (mensajes de alerta, registros de intentos de conexión)

Tras contar con estos documentos, se recomienda presentar la reclamación por escrito, bien a través del servicio de atención al cliente o mediante una oficina de consumo. En caso de no obtener respuesta favorable, se podrá acudir a la vía judicial. Seguidamente, se muestra un resumen simplificado de los pasos y plazos que suelen emplearse al realizar una reclamación por fraude bancario:

PasoAcción RequeridaPlazo Orientativo
Aviso inmediato al bancoComunicación telefónica o appPrimeras 24 horas
Reunión de documentaciónRecopilación de pruebasDesde la detección del caso
Reclamación por escritoServicio de Atención ClienteMáximo 2 meses de espera
Vía judicial (si procede)Presentar demanda ante juzgadoTras respuesta negativa

Estos plazos pueden variar en función de la entidad y de la normativa específica de cada comunidad autónoma, pero sirven para tener una referencia inicial.

Principales repercusiones económicas de la sentencia en el ámbito bancario

La resolución del Supremo no solo protege los derechos de los clientes particulares, sino que también obliga a las entidades financieras a reforzar sus sistemas de seguridad y supervisión de movimientos anómalos. De hecho, la Sala remarcó en su dictamen la extrañeza de que el banco no detectara operaciones inusuales a altas horas de la madrugada. Esta nueva doctrina refuerza la confianza de los usuarios al tramitar reclamaciones. Al mismo tiempo, impulsa a las entidades bancarias a adoptar medidas preventivas más eficaces, ya que cualquier pasividad o falta de diligencia podría acarrearles un coste económico elevado.

La sentencia del Tribunal Supremo establece con firmeza que las entidades financieras deben responder ante las estafas telemáticas si no pueden demostrar la negligencia del cliente. Queda claro que el consumidor tiene la obligación de comunicar cualquier incidencia, pero es el banco quien debe probar que el usuario actuó con descuido. Por tanto, si has vivido una situación similar, conviene presentar una reclamación bien documentada y, en caso de que no prospere, acudir a la vía judicial. Revisa tus movimientos bancarios con frecuencia y mantén actualizados tus métodos de autenticación para reforzar la seguridad. Conoce más noticias de actualidad sobre otras interesantes sentencias judiciales en nuestro periódico digital.

Etiqueta EconomíaSentencias

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