Construye una casa prefabricada sin licencia en suelo rústico de Córdoba: año y medio de prisión y 2.160 euros de multa

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La Audiencia Provincial de Córdoba confirma la condena por edificar en terreno no urbanizable y de especial protección, pese a la advertencia de la Policía Local.

La resolución judicial obliga a demoler la vivienda, restaurar la parcela y pagar 2.160 euros de multa, además de una inhabilitación especial para construir durante un año. El 6 de junio de 2025 se confirmó la pena impuesta a un hombre que instaló una casa prefabricada para su hijo en una finca agraria de 1.350 metros cuadrados. La parcela estaba clasificada como suelo rústico preservado y, aun así, se amplió con obra adosada sin licencia urbanística. El fallo ratifica la prisión de un año y seis meses, la demolición y la restitución del terreno a su estado original.

Quién puede construir en suelo rústico de especial protección según PGOU

La finca estaba en suelo rústico preservado de especial protección, donde la edificación está expresamente prohibida por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Córdoba. ¿El detalle decisivo? La parcela no alcanzaba la superficie mínima de 5.000 metros cuadrados exigida por el artículo 11.8.5 del PGOU para usos excepcionales. Con solo 1.350 metros cuadrados, cualquier intento de legalización era inviable. De ahí que el tribunal subraye que, incluso solicitando licencia, tampoco habría sido posible construir legalmente en ese terreno.

El Juzgado de lo Penal n.º 5 de Córdoba declaró probado que el acusado promovió y ejecutó obras sin licencia en suelo no urbanizable de especial protección. Posteriormente, la Audiencia Provincial de Córdoba confirmó la sentencia el 6 de junio de 2025. Además, quedó acreditado que la Policía Local advirtió de la ilegalidad y, pese a ello, se continuó y amplió la edificación. Por tanto, el tribunal rechazó que se actuara por desconocimiento. En román paladino: se sabía lo que se hacía.

Procedimiento y documentación exigida para licencias urbanísticas que aquí faltaron

Para construir, la normativa exige ajustarse al PGOU y contar con la correspondiente licencia urbanística. En este caso no se tramitó autorización alguna ni se acreditó que el suelo lo permitiera, circunstancia que vacía de contenido cualquier intento de regularización. Ojo con esto: ignorar una advertencia oficial agrava la situación y cierra puertas. A modo recordatorio práctico, estas son las claves que deja el caso para evitar sanciones:

  • Comprobar la clasificación del suelo y la superficie mínima exigida por el PGOU.
  • Solicitar la licencia urbanística antes de iniciar cualquier instalación o ampliación.
  • Atender las advertencias de la Policía Local y paralizar las obras si así se indica.
  • No instalar ni ampliar edificaciones cuando el uso está expresamente prohibido.

En consecuencia, conviene revisar cada paso antes de mover un solo ladrillo. ¿Merece la pena arriesgarse?

Consecuencias de construir sin licencia en suelo protegido según el Código Penal

El tribunal aplicó el artículo 319.1 del Código Penal, que sanciona las construcciones en suelo protegido ejecutadas sin autorización. No se exige que exista un daño grave: basta con realizar la obra sin licencia en un terreno especialmente protegido. La resolución también cita la doctrina que exige una respuesta penal cuando la infracción es evidente, como aquí. A continuación, se sintetizan los puntos esenciales de la resolución:

Hecho acreditadoNorma o criterio citadoEfecto o consecuencia
Construcción sin licencia en suelo rústico de especial protecciónArt. 319.1 del Código PenalPrisión de 1 año y 6 meses
Parcela de 1.350 m², inferior al mínimo de 5.000 m²Art. 11.8.5 del PGOU de CórdobaImposibilidad de legalización
Advertencia de la Policía Local ignoradaValoración de la Audiencia ProvincialRechazo del “desconocimiento”
Obligación de demoler y restaurarFallo judicialDemolición e inmediata restitución del terreno
Sanciones accesoriasSentencia confirmadaMulta de 2.160 € e inhabilitación especial de 1 año

Además, la sentencia no es firme y puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo. Por consiguiente, la demolición y la restitución ordenadas van ligadas a una condena penal que, como se aprecia, no es poca cosa. Conoce más noticias de actualidad en la región andaluza en nuestra plataforma web de información de Andalucía.

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