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Portada » Actualidad » Cómo continuar en una vivienda alquilada sin necesidad de renovar el contrato

Cómo continuar en una vivienda alquilada sin necesidad de renovar el contrato

Andaluciainforma Por Andaluciainforma
14 de noviembre de 2024 a las 14:30
en Actualidad
Tiempo de lectura: 3 minutos
Un cambio en la ley introducido por el ministerio, va a favorecer la renovación automática de los contratos de alquiler.

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Una modificación en la ley permite que los inquilinos puedan continuar en una vivienda alquilada sin necesidad de renovar el contrato. Existen determinados casos en los que el propietario no puede echar del inmueble a las personas a las que se lo tenga arrendado. Además, esta situación es totalmente legal y está contemplada su viabilidad en la normativa vigente.

No obstante, para que se haga efectivo, es necesario que se cumplan algunas condiciones, que veremos a lo largo de este artículo. Sin duda, una buena noticia ante el difícil acceso a la vivienda en España para determinados colectivos sociales. Una situación que resulta especialmente preocupante para los jóvenes y las familias más vulnerables.

La normativa avala la renovación automática de los contratos de alquiler

Un cambio en la normativa en la regulación del sector, introduce el concepto de renovación automática del alquiler. Y es que, el problema de la vivienda es uno de los que más preocupan a los ciudadanos, ante las dificultades de encontrar un piso o una casa a un precio asequible. Una circunstancia que se agrava sobre todo en zonas “tensionadas”, es decir, en municipios turísticos y en el centro de las grandes ciudades.

Para contratos de alquiler firmados con posterioridad a esta fecha

Por este motivo, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha implementado un cambio en la normativa vigente. En concreto, el cambio favorece a los contratos de alquiler firmados desde el 6 de marzo de 2019. Además, la ley contempla estas dos casuísticas:

  • Si el propietario es una persona física y el contrato dura menos de 5 años, se prorrogará de manera automática hasta completar dicho periodo de tiempo.
  • En caso de que el arrendador sea persona jurídica, el margen se amplía hasta los 7 años, con las mismas condiciones.

Con la introducción de esta medida, el Gobierno garantiza que los inquilinos continúen en la vivienda y se les mantenga el precio de la cuota de alquiler. Ahora bien, esto solo es aplicable si está al corriente de los pagos y, además, cumple con todas las condiciones que especifica el contrato original. Tal y como establece el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Casos en los que se cancela la renovación automática del contrato de arrendamiento de una vivienda 

En definitiva, si llega la hora de renovar el contrato y ninguna de las partes dice lo contrario, la relación contractual se prorrogará durante 5 años o 7 años, según proceda. De esa manera se mantendría, como hemos mencionado, el mismo precio de la cuota y las mismas condiciones. No obstante, si alguna de las partes no está de acuerdo con la renovación automática del contrato, estos son los plazos establecidos:

  • Si es el inquilino es el que no quiere continuar, debe avisar con 2 meses de antelación.
  • En caso de que sea el propietario, debe notificarlo al arrendatario con 4 meses de antelación antes de la fecha de vencimiento.

Descubre otras interesantes noticias de actualidad visitando nuestro periódico digital especializado en noticias de la comunidad autónoma de Andalucía.

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