Contratos renovados sin consentimiento, suscripciones olvidadas o cargos inesperados en la cuenta bancaria: la nueva normativa para la protección de los consumidores busca poner fin a este problema cada vez más frecuente. A partir de ahora, las compañías deberán notificar, con 15 días de adelanto, la renovación de cualquier suscripción o contrato, dando un margen suficiente al cliente para decidir si continúa o no con el servicio.
Por qué esta nueva medida ayudará a los usuarios a evitar sobrecostes y descuidos en sus suscripciones
Desde aplicaciones de música y vídeo hasta gimnasios o revistas digitales, son numerosos los servicios que implican pagos recurrentes. Pero, ¿qué sucede cuando esa renovación se hace casi sin darnos cuenta? Con la enmienda pactada por PSOE y Sumar, las empresas tendrán la obligación de informar de forma clara y anticipada al consumidor.
Según fuentes parlamentarias, la idea principal es que las personas usuarias no asuman gastos de servicios que no utilizan o que incluso han olvidado por completo. De este modo, los consumidores podrán valorar si mantienen la suscripción, evitando perder dinero en productos que ya no les interesan.
Cómo y cuándo las empresas tendrán que notificar la renovación de los contratos y servicios suscritos
La ley de atención a la clientela, aprobada inicialmente hace un año, recoge la imposición de un aviso previo de 15 días. Esto significa que, antes de que finalice el plazo contratado, las compañías deberán informar de que el servicio se va a renovar y del importe que ello conllevará.
¿Te interesa saber cuáles son los aspectos fundamentales que las empresas deberán comunicar? A continuación, se presenta una tabla con los puntos más destacados:
Aspecto Clave | Detalle que deben comunicar |
---|---|
Fecha límite de renovación | Día en que se produce la renovación automática |
Coste total del nuevo periodo | Importe exacto que se va a cobrar |
Canales para cancelar la suscripción | Teléfono, web, correo electrónico, etc. |
Plazo para avisar de la cancelación | Mínimo de 15 días antes de la renovación |
Esta medida busca que el consumidor pueda reaccionar a tiempo, optando por seguir con el servicio o cancelarlo si ya no le resulta necesario.
Límites de espera telefónica y otras novedades introducidas en la ley de atención a la clientela
El texto legal no solo habla de las suscripciones y sus renovaciones. También contempla requisitos para la asistencia al cliente, como la reducción a un máximo de tres minutos de espera telefónica, la prohibición de que las empresas ofrezcan únicamente la atención de una máquina y la obligación de responder a las quejas en un plazo máximo de 15 días.
Por lo tanto, los usuarios ganan en agilidad a la hora de plantear dudas o incidencias. ¿Habías imaginado la diferencia que supone poder resolver una consulta sin tener que esperar más de tres minutos al teléfono?
Lista de consejos básicos para no perder dinero en renovaciones inesperadas
Es fácil despistarse con tantos servicios contratados. Para evitar sorpresas, conviene llevar un control de los pagos periódicos. Aquí tienes algunas recomendaciones generales:
- Revisa periódicamente tus suscripciones y anota sus fechas de cobro.
- Habilita alertas en tu teléfono o correo electrónico para anticiparte a los cargos.
- Consulta con atención las nuevas condiciones que puedan llegar por email o SMS.
- Verifica los movimientos bancarios para detectar posibles cargos desconocidos.
Finalmente, si consideras que una empresa ha incumplido estos plazos de aviso, la recomendación es contactar con los organismos de consumo correspondientes. La norma, que se encuentra en su fase final de tramitación parlamentaria, busca reforzar el consumo responsable y proteger al usuario de cobros automáticos no deseados. Visita nuestra plataforma web para conocer otras interesantes noticias de actualidad.