La jubilación anticipada voluntaria permite a muchos trabajadores despedirse del mercado laboral hasta dos años antes de la edad ordinaria, fijada en 66 años y 8 meses para 2025 (o 65, si se superan los 38 años y 3 meses de cotización). Sin embargo, acceder a ella conlleva un recorte en la pensión que puede llegar al 21%, incluso cuando se han cotizado 40 años o más. ¿Te interesa saber qué otros factores influyen?
Por qué la Seguridad Social penaliza a quienes anticipan la edad de jubilación voluntaria
La Seguridad Social aplica coeficientes reductores a quienes optan por jubilarse antes de la edad oficial, con el objetivo de asegurar la sostenibilidad del sistema público de pensiones. Al cobrar durante más tiempo la prestación, se considera que el pensionista genera un mayor coste para el sistema, de ahí que se apliquen penalizaciones progresivas según los años y meses cotizados.
Además, el Gobierno ha impulsado reformas para premiar la demora de la jubilación y desincentivar adelantarla. En consecuencia, solo quienes superen 33 años de cotización pueden jubilarse voluntariamente de forma anticipada, y siempre que la pensión resultante sea superior a la cuantía mínima que les correspondería al cumplir 65 años.
Coeficientes reductores que provocan reducciones de la pensión en jubilaciones voluntarias
“Ojo con los meses” podría ser el mejor consejo a la hora de calcular el importe final de la pensión. El porcentaje de recorte varía según el tiempo que se adelante el retiro y los años totales cotizados. A continuación, se muestra una tabla ilustrativa para quienes adelanten su jubilación 24 meses:
Años cotizados | Reducción aplicada si se adelantan 24 meses |
---|---|
Menos de 38 años y 6 meses | Hasta el 21% |
Entre 38 años y 6 meses y 41,6 | 19% |
Entre 41 años y 6 meses y 44,6 | 17% |
Más de 44 años y 6 meses | 13% |
Estos porcentajes se aplican sobre la base reguladora una vez calculada la pensión. Por lo tanto, cuanto mayor sea el anticipo, mayor será la penalización.
Requisitos imprescindibles para quienes desean solicitar la jubilación a los 63 años
Antes de dar el paso, conviene verificar que se cumplen los requisitos básicos:
- Acreditar al menos 33 años de cotización. De ellos, dos deben situarse en los últimos 15 años.
- Edad mínima inferior en dos años a la edad ordinaria. Puede ser 63 o 62 años y 8 meses, según la carrera de cotización.
- Pensión resultante superior a la cuantía mínima. Es obligatorio demostrar que, al cumplir 65, se tendría derecho a una prestación por encima del umbral establecido.
Además, el solicitante debe gestionar la solicitud en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o acudir de forma presencial a sus oficinas, con cita previa. Es recomendable llevar toda la documentación que acredite los años de cotización y la identidad del trabajador.
Diferencias clave entre la jubilación anticipada por discapacidad y la voluntaria ordinaria
Quienes presentan discapacidad pueden acceder a la jubilación anticipada sin sufrir recortes en su pensión, ya que la ley contempla condiciones especiales para colectivos con necesidades laborales o médicas específicas. Dependiendo del grado de discapacidad reconocido, la edad de retiro podría rebajarse hasta los 52 o 56 años. Por otro lado, los trabajos que tengan un alto índice de peligrosidad o toxicidad también cuentan con regímenes de retiro más flexibles, siempre sin la penalización general de la modalidad voluntaria ordinaria.
En definitiva, jubilarse a los 63 años puede suponer una pérdida considerable en la cuantía mensual, pero es una opción válida para quienes priorizan el descanso anticipado frente a un recorte en la prestación. De ahí la importancia de analizar el número total de años cotizados, valorar posibles incompatibilidades y, sobre todo, informarse bien antes de iniciar la tramitación. Si todavía tienes dudas, se recomienda acudir a la Seguridad Social o a un profesional especializado para tomar la mejor decisión. Si quieres consultar noticias relacionadas, recuerda visitar nuestra sección de prestaciones.