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Portada » Trámites » Estos son los casos en los que los autónomos no tienen que incluir el IVA en sus facturas

Estos son los casos en los que los autónomos no tienen que incluir el IVA en sus facturas

El IVA franquiciado es una medida diseñada para los autónomos y pequeños negocios que facturen menos de 85.000 euros anuales.

Andaluciainforma Por Andaluciainforma
24 de febrero de 2025 a las 12:46
en Trámites
Tiempo de lectura: 3 minutos
El IVA franquiciado exime de declarar IVA a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales.

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El Impuesto sobre el Valor añadido (IVA), es una tasa aplicada sobre el consumo de la compra de bienes o de servicios profesionales, que repercute sobre el consumidor final y que todo autónomo tiene que aplicar. No obstante, ¿has oído hablar del IVA franquiciado? Este deja exentos a un sector de los trabajadores por cuenta propia de tener que declararlo en sus facturas. ¿Quieres saber en qué caso puede aplicarse? Entonces, sigue leyendo la siguiente noticia:

Qué es el IVA franquiciado y cómo lo aplican los autónomos

El IVA franquiciado está diseñado para simplificar las obligaciones de los autónomos y pequeñas empresas y se dirige a los trabajadores que facturen menos de 85.000 euros al año, que residan en España y que hagan la mayor parte de las operaciones en territorio nacional. De esta forma, los trabajadores por cuenta propia que se acojan al IVA franquiciado, no tendrán que emitirlo en sus facturas. Además, tampoco tendrán que presentar su liquidación trimestral con el modelo 303, ni la anual, con el 390.

¿Cómo funciona el IVA franquiciado en España?

A mediados de noviembre de 2024 comenzó a circular la noticia de que el IVA franquiciado se aplicaría en España, pero dicha información fue desmentida Hacienda. La Agencia Tributaria señaló que los autónomos seguirán obligados este año a retener y declarar el IVA por los servicios que realicen. 

A día de hoy, España es el único país de la Unión Europea que no ha introducido el IVA franquiciado. La realidad es que la mesa de negociación para que se implemente lleva un año y medio paralizada, como informó Hacienda. Asimismo, el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, ha lamentado en entrevistas que aún no se haya puesto en marcha en el país.

Sin embargo, el 1 de enero sí que entró en vigor la transposición de la Directiva europea que regula el IVA franquiciado. Esto permite a los autónomos y a los pequeños negocios que vendan sus productos y servicios en otros países de la Unión Europea dejar de declarar el impuesto por las operaciones que realicen en estos estados donde sí esté en funcionamiento.

¿Cuáles son los límites que tienen los autónomos para aplicar el IVA franquiciado en los países de la UE?

Cada estado de la Unión Europea tiene unos límites establecidos, por lo que depende del país en los que el autónomo vaya a ofrecer sus servicios. Estos han sido especificados por la asesoría Ayuda T Pymes y son los siguientes: 

  • Menos de 25.000 euros: Alemania, Chipre, Dinamarca, Finlandia, Grecia, Portugal y Suecia.
  • Entre 25.000 y 30.000 euros: Austria, Bélgica, Bulgaria, Hungría, Letonia y Luxemburgo.
  • Más de 30.000 euros: Chequia, Croacia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Francia, Irlanda, Italia, Lituania, Malta, Polonia y Rumanía.

En resumen: el IVA franquiciado es algo que aliviará la economía de los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales, pero todavía no hay fecha para su implementación en España. Para conocer cómo funcionan distintas gestiones puedes acceder a la sección de trámites de este periódico digital.

Etiqueta EconomíaHacienda

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