Hacienda vigila todas las transferencias bancarias tratando de detectar aquellas que sean constitutivas de delito. En caso de detectar un fraude, la Agencia Tributaria aplicará la correspondiente sanción económica. Y es que la AEAT, investiga todos los movimientos de dinero de los ciudadanos, fijando su punto de mira tanto en la persona o entidad que realiza el envío de dinero, como al que lo recibe. También, mira de cerca los movimientos internos o traspasos entre cuentas bancarias de un mismo usuario. Por tanto, no declarar determinadas cuantías será objeto de multa, que puede, que puede oscilar de 2.500 a 150.000 euros.
Cuantías límite a partir de las cuales hay que declarar a Hacienda las transferencias bancarias
La Agencia Tributaria mira con lupa ciertos movimientos bancarios, principalmente para luchar contra el blanqueo de capitales. Por ejemplo, Hacienda se fija en la frecuencia de cuándo se producen las transacciones monetarias, así como en las personas que hacen o reciben el dinero. No obstante, como vamos a ver a continuación, el fisco solo se preocupa de investigar las transferencias e ingresos superan ciertas cantidades.
Concretamente, solamente es obligatorio notificar a la AEAT los préstamos que sobrepasan los 6.000 €. También, las transacciones de dinero de más de 3.000 €, así como los movimientos en efectivo realizados con billetes de 500 €. En caso de que no se informe de que se superan esos límites, las multas podrían ser de 2.500 euros. Aunque, si se descubre que la transacción encubre otro delito de mayor gravedad, la multa puede llegar a los 150.000 €.
Formulario S1 de Hacienda: necesario para notificar las transferencias y transacciones superiores a 10.000 €
Hacienda pone coto a las transferencias superiores a 10.000 € no declaradas, con el fin de combatir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Para ello, pone a disposición en su plataforma web, el Modelo S-1, también llamado “declaración de medios de pago”. Mediante este documento, hay que facilitar los datos tanto de la persona física que recibe el dinero, como de la que lleva a cabo la transacción monetaria. Además, en dicho documento hay que indicar el motivo del movimiento de dinero, así como el origen y el destino del mismo.
En suma, para conocer más noticias de actualidad, te invitamos a visitar nuestra plataforma de información de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Siempre ofrecemos las últimas novedades con todo lo que acontece en la región andaluza.