La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), confirma 3 razones por las que un beneficiario de una PNC o pensión no contributiva dejará de percibirla de forma automática en 2025. Cabe recordar que una PNC se concede a las personas que no han cotizado nunca o lo han hecho de forma insuficiente a lo largo de su vida laboral. Es decir, que tienen menos de 15 años de cotización. Toma nota de estas condiciones que hay que cumplir para no perder el derecho a percibir esta ayuda económica del Estado.
Las pensiones no contributivas (PNC) se han revalorizado en 2025
Cobrar una pensión no contributiva se convierte en un verdadero salvavidas para muchos ciudadanos y ciudadanas que no tienen ingresos suficientes y que, como hemos
mencionado al inicio, no han cotizado nunca o no lo han hecho lo suficiente a la Seguridad Social a lo largo de su vida. Además, hay que tener en cuenta que el Gobierno ha revalorizado las cuantías de las PNC en 2025.
Incremento de las cuantías a partir de enero de 2025
Por consiguiente, a partir de enero, las pensiones de jubilación y de invalidez en sus modalidades no contributivas se han quedado con un importe de 7.905,80 euros para un pensionista individual. Esto equivale a 14 pagas de 564,70 euros cada una (12 mensualidades y 2 pagas extraordinarias). No obstante, si dentro de una misma unidad familiar hay más de un beneficiario de una PNC, los importes se establecen de la siguiente forma:
- 2 beneficiarios: 6.719,93 euros al año (14 pagas de 480,00 euros al mes).
- 3 beneficiarios: 6.324,64 euros al año (14 pagas de 451,76 euros al mes).
Por otra parte, las PNC las gestionan las Comunidades Autónomas. Por este motivo, si resides en Andalucía, deberás dirigirte a la Delegación Territorial de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, más próxima a tu domicilio, para hacer la tramitación de forma correcta.
Estas 3 razones pueden motivar que el beneficiario pierda el derecho a cobrar una PNC
Existen 3 razones que pueden motivar que pierdas el derecho a percibir la pensión no contributiva. La primera es que debes comunicar si existen algún cambio en tu situación familiar, por ejemplo, si cambia tu estado civil o cambias de residencia. También, en segundo lugar, debes comunicar si comienzas a trabajar. Y por último, la tercera, aunque no menos importante, es que debes presentar la declaración anual de ingresos. Tal y como informa la web del IMSERSO, sobre esta cuestión: “El incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual en el plazo indicado da lugar a la suspensión del pago de la pensión”. Este trámite debes hacerlo antes de que finalice el primer trimestre de 2025.
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