Andalucía afronta a partir del 12 de agosto la nueva normativa de envases con cambios para bares, restaurantes y comercios

El Reglamento europeo empezará a aplicarse el 12 de agosto de 2026 y traerá nuevas exigencias para la hostelería, los hoteles y la distribución andaluza.

La gestión de los envases afrontará importantes cambios en Andalucía a partir de este mes de agosto. El Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases entró en vigor el 11 de febrero de 2025, pero su aplicación general comenzará el próximo 12 de agosto de 2026. Al tratarse de un reglamento europeo, será directamente aplicable también en territorio andaluz, sin necesidad de una norma autonómica que lo transponga.

La transformación afectará progresivamente a establecimientos de hostelería, restaurantes, cafeterías, hoteles, comercios y empresas que utilizan envases. El objetivo europeo es reducir los residuos innecesarios, favorecer la reutilización y el rellenado, mejorar el reciclaje y limitar determinadas sustancias presentes en los materiales que entran en contacto con los alimentos.

En Andalucía, estas obligaciones se incorporarán a un marco que ya cuenta con la Ley 3/2023, de Economía Circular de Andalucía, orientada a reducir la generación de residuos y mantener los recursos en uso durante más tiempo. La nueva Ley para la Gestión Ambiental de Andalucía de 2026 también atribuye a la Junta y a las entidades locales diferentes competencias en materia de residuos y economía circular.

Qué cambia en Andalucía desde el 12 de agosto de 2026

El primer cambio de especial relevancia llegará el 12 de agosto de 2026. Desde entonces no podrán introducirse en el mercado envases destinados a entrar en contacto con alimentos que alcancen o superen determinados límites de sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas, conocidas como PFAS.

La regulación establece, entre otros parámetros técnicos, un máximo de 25 partes por mil millones (ppb) para las PFAS medidas mediante análisis específicos y de 250 ppb para la suma de determinadas PFAS analizadas. La medida tendrá incidencia sobre los envases alimentarios utilizados también por empresas andaluzas de restauración, distribución y alimentación.

Los cambios para el consumidor serán más visibles progresivamente. El calendario que tendrán que tener presente los negocios andaluces incluye estas fechas:

  • 12 de agosto de 2026: comienzan a aplicarse con carácter general las disposiciones del nuevo reglamento y entran en vigor los límites de PFAS para envases en contacto con alimentos.
  • 12 de febrero de 2027: los establecimientos HORECA que vendan bebidas o comida preparada para llevar deberán permitir que el cliente pueda utilizar su propio recipiente.
  • 12 de febrero de 2028: los establecimientos afectados deberán ofrecer también una alternativa mediante envases reutilizables dentro de un sistema de reutilización, aunque el reglamento contempla una exención para las microempresas en esta obligación concreta.
  • Desde 2028: llegarán asimismo nuevas exigencias sobre determinados envases compostables y sobre el etiquetado armonizado europeo.
  • 1 de enero de 2030: entrarán en vigor varias restricciones a determinados formatos de envases de un solo uso, incluidas algunas monodosis utilizadas habitualmente en hostelería.

Los bares y restaurantes andaluces tendrán que adaptarse a nuevos envases

Uno de los sectores donde más visibles serán los cambios será la hostelería andaluza. A más tardar el 12 de febrero de 2027, bares, cafeterías y restaurantes que comercialicen bebidas frías o calientes o comidas preparadas para llevar tendrán que disponer de un sistema que permita al consumidor acudir con su propio recipiente para que sea rellenado.

Además, utilizar el recipiente propio no podrá colocar al cliente en peores condiciones. El Reglamento establece que el producto no podrá cobrarse a un precio superior por ese motivo y obliga al establecimiento a informar de esta posibilidad de manera claramente visible en el punto de venta. El negocio podrá, no obstante, rechazar recipientes que considere inadecuados o que no cumplan las condiciones de higiene necesarias.

Un año más tarde llegará otro cambio. A más tardar el 12 de febrero de 2028, los negocios de comida y bebida para llevar afectados tendrán que ofrecer al consumidor la posibilidad de recibir el producto en un envase reutilizable integrado en un sistema de reutilización. En este caso, el propio Reglamento establece una exención para las empresas que entren dentro de la definición europea de microempresa.

Estos cambios encajan además con la política autonómica de economía circular. La Junta de Andalucía ha señalado en 2026 que la responsabilidad ampliada del productor y las nuevas obligaciones sobre envases forman parte del proceso para avanzar en prevención, reutilización, reciclaje y trazabilidad de los residuos en la comunidad.

Qué ocurrirá con los sobres de azúcar y las monodosis en los bares

Uno de los cambios que más puede llamar la atención al consumidor llegará el 1 de enero de 2030. Desde esa fecha quedarán afectados determinados envases de plástico de un solo uso empleados para ofrecer dosis individuales de condimentos, conservas, salsas, leche para el café, azúcar y aliños en establecimientos de hostelería y restauración.

Esto requiere una precisión importante: la norma no establece una prohibición general de todos los sobres de azúcar independientemente del material. El anexo V del Reglamento se refiere expresamente, en este supuesto, a envases de plástico de un solo uso. Por tanto, no sería correcto afirmar que en 2030 desaparecerán necesariamente de los bares andaluces todos los sobres individuales de azúcar.

También existen excepciones. Podrán mantenerse determinados envases individuales cuando acompañen a comida preparada para llevar destinada al consumo inmediato y cuando resulten necesarios por motivos de seguridad e higiene en hospitales, clínicas o residencias donde se presten cuidados individualizados.

La restricción de 2030 alcanzará además a determinados recipientes de plástico desechables utilizados para alimentos y bebidas que se llenen y consuman dentro de establecimientos HORECA, como platos, bandejas, vasos, bolsas o cajas. El Reglamento contempla excepciones específicas, entre ellas para determinados establecimientos sin acceso a agua potable.

Los hoteles andaluces también tendrán que modificar algunos formatos

El cambio llegará igualmente al alojamiento turístico. Desde el 1 de enero de 2030, el Reglamento restringirá los envases de un solo uso de productos cosméticos, higiénicos y de aseo destinados exclusivamente a una reserva individual y que deban desecharse antes de la llegada del siguiente huésped. La propia norma cita como ejemplos las pequeñas botellas de champú, crema corporal y de manos y determinadas bolsitas individuales de jabón.

Los comercios y operadores de venta electrónica también tendrán que revisar sus embalajes. Como regla general, los envases colectivos, de transporte y los utilizados para productos comprados por comercio electrónico tendrán que respetar una ratio máxima de espacio vacío del 50 %, con aplicación desde 2030 o desde el plazo posterior previsto en función de los actos de ejecución europeos.

Todo este proceso convivirá en Andalucía con la legislación estatal ya existente, especialmente la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular y el Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases, además de la Ley de Economía Circular de Andalucía. La Junta ha reforzado en 2026 este marco al atribuir a la Consejería competente y a las entidades locales las correspondientes funciones autonómicas y municipales en materia de residuos.

Así, el 12 de agosto de 2026 no supondrá que desaparezcan de golpe los envases actuales de bares y restaurantes andaluces. Será el inicio de la aplicación general de un calendario que irá incorporando nuevas obligaciones hasta 2030 y que obligará al tejido hostelero, hotelero y comercial de Andalucía a prestar cada vez más atención al material, reutilización y gestión de los envases que pone a disposición de sus clientes.

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