La salida anticipada por cese no voluntario permite retirarse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria. Pero solo podrán solicitarla asalariados que cumplan requisitos de cotización, desempleo e indemnización en determinados casos.
Los trabajadores por cuenta ajena despedidos por causas ajenas a su voluntad tendrán una vía para jubilarse antes en 2026. Eso sí, deberán acreditar al menos 33 años cotizados, seis meses inscritos como demandantes de empleo y, en algunos supuestos, haber cobrado o reclamado la indemnización correspondiente.
En paralelo, también se están analizando los efectos económicos de otras modalidades de retiro, como ocurre con las diferencias en la jubilación anticipada voluntaria, donde la cuantía final de la pensión puede variar de forma notable según el momento en que se solicite.
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Qué casos permiten acceder a la jubilación anticipada forzosa en 2026
No basta con perder el empleo. La extinción del contrato debe producirse sin decisión libre del trabajador. Además, esta modalidad no se aplica a los autónomos. ¿Cuándo puede solicitarse?
- En despidos colectivos o despidos objetivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Cuando hay resolución judicial por concurso o extinción por fuerza mayor.
- Por fallecimiento, jubilación o incapacidad del empresario, o por desaparición de la empresa.
- En supuestos de violencia de género, rechazo de un traslado con cambio de residencia o incumplimientos graves de la empresa, como impagos.
En expedientes como ERE, despido objetivo, movilidad geográfica o cambios sustanciales de condiciones, el afectado deberá demostrar que recibió la indemnización o que la reclamó ante la justicia.
Qué edad mínima se exige y cuántos años cotizados hacen falta
La jubilación anticipada involuntaria puede adelantarse hasta 48 meses respecto a la edad ordinaria. Así quedan las referencias básicas para 2026:
| Cotización acumulada | Edad ordinaria | Edad mínima de acceso |
|---|---|---|
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | 62 años y 10 meses |
| 38 años y 3 meses o más | 65 años | 61 años |
Junto a la edad, se exigirán 33 años de cotización, con dos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante. Además, el servicio militar, la prestación social sustitutoria o el servicio social femenino podrán computar hasta un máximo de un año. No es un matiz menor.
Cómo se calcula la pensión y qué rebajas se aplican en 2026
Primero se calcula la pensión teórica correspondiente a la edad ordinaria. Para ello se tomarán las últimas 300 bases mensuales de cotización, o las mejores 302 de las 304 últimas si ese resultado fuese superior.
Después se aplica el porcentaje que corresponda por años cotizados. Para cobrar el 100% en 2026 habrá que acreditar al menos 36 años y seis meses. Luego llegan los coeficientes reductores mensuales según el tiempo de adelanto y la carrera de cotización. Y atento, porque aquí está lo esencial.
El recorte máximo será del 30% cuando el retiro se adelante 48 meses y no se alcance 38 años y seis meses cotizados. Si, aun así, la pensión resultase superior a la máxima del sistema, se aplicará una reducción del 0,5% por trimestre de anticipo sobre ese tope, fijado en 3.359,60 euros al mes en 14 pagas.
En definitiva, esta modalidad puede aliviar la salida del mercado laboral tras un despido, pero obliga a revisar bien la causa del cese, la cotización acumulada y el impacto real sobre la pensión futura. Conoce más noticias relacionadas en la sección de prestaciones.
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