Así puedes solicitar la ayuda de dependencia en Andalucía y acceder a los nuevos servicios asistenciales

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La norma de promoción de la autonomía personal, vigente desde el 1 de enero de 2007, permite acceder a servicios y prestaciones económicas en Andalucía

La Ley garantiza apoyos a quien precise ayuda para actividades básicas de la vida diaria. La gestionan la Administración General del Estado y la Junta de Andalucía, con resolución prevista en seis meses y convocatoria abierta todo el año. ¿Te interesa saber si cumples los requisitos y cómo pedirla? Recuerda que está dirigida a personas mayores, con discapacidad o enfermedad. Además, destaca el aumento de horas del Servicio de Ayuda a Domicilio desde agosto de 2023, que debe solicitarse expresamente.

Quién puede acceder a la Ley de Dependencia en Andalucía y requisitos clave

Pueden beneficiarse quienes obtengan un grado de dependencia (I, II o III) según baremo estatal (Real Decreto 174/2011) que valora la autonomía para comer, asearse, vestirse, moverse, cuidar la salud, desplazarse, hacer tareas domésticas o tomar decisiones.

Se exige residencia en España durante cinco años (dos inmediatamente anteriores a la solicitud) y empadronamiento en un municipio andaluz. Para menores de 5 años, computa quien ejerza la guarda. Las personas emigrantes retornadas pueden acreditar residencia exterior con certificado consular o del PERE, y las personas extranjeras con residencia legal acceden en las mismas condiciones que las españolas conforme a su normativa específica.

Fechas de solicitud, plazos de resolución y preferencia en la tramitación

La convocatoria está abierta permanentemente desde el 1 de enero de 2007. La Administración dispone de seis meses para dictar y notificar resolución. Tienen prioridad los casos de urgencia o emergencia social, las solicitudes de menores de seis años y otros supuestos que establezca la Consejería competente. El grado puede revisarse por mejoría o empeoramiento. ¿Ha cambiado tu situación? Puedes pedir revisión.

Para solicitar la valoración y el Programa Individual de Atención hay que seguir este procedimiento paso a paso:

  1. Solicitud.
  2. Valoración en domicilio por profesionales.
  3. Reconocimiento del grado y derecho a prestaciones.
  4. Elaboración y seguimiento del Programa Individual de Atención (PIA).

Dónde se realiza el trámite en la comunidad autónoma de Andalucía

La presentación puede hacerse en registros de Servicios Sociales Comunitarios, Delegaciones Territoriales, registros de Junta, Ayuntamientos o AGE, en Correos, y también por vía telemática con certificado electrónico (web de la Junta o REC). Ojo: prepara bien la documentación para evitar retrasos. Además, documentación básica que suele exigirse para la solicitud:

  • Informe de condiciones de salud con antigüedad máxima de tres meses.
  • DNI/NIE del solicitante y, en su caso, de la persona representante.
  • Certificados de empadronamiento que acrediten residencia en Andalucía y cinco años en España (dos inmediatos).
  • IRPF y, si procede, Impuesto sobre el Patrimonio del último ejercicio o certificados negativos.
  • Certificado del Registro de Prestaciones Sociales Públicas (INSS) y, cuando corresponda, acreditación de la representación.

¿Tienes todo? Entonces estás listo para registrar la solicitud.

Servicios disponibles del SAAD en Andalucía y compatibilidades más frecuentes

El catálogo incluye prevención de la dependencia y promoción de la autonomía (con horas mensuales de terapia ocupacional, estimulación cognitiva y recuperación funcional, preferentemente para Grado I). La teleasistencia funciona 24/7 y puede ser gratuita: para personas dependientes mayores de 80 años o menores de 80 con capacidad económica inferior al 75% del IPREM; si es igual o superior, la cuota es 3,60 €/mes.

El Servicio de Ayuda a Domicilio ofrece apoyo personal y doméstico; desde el 1 de agosto de 2023 aumentó su intensidad (hasta 37, 64 y 94 horas mensuales según grado) y hay que solicitar el incremento. El coste/hora máximo de referencia es 16,15 €.
Centros de día y de noche prestan atención biopsicosocial (mínimo 39 horas semanales en grados II-III y 15 horas en grado I), con compatibilidades tasadas, y la atención residencial se presta 24 horas, siendo generalmente incompatible con otras ayudas, salvo la vinculada al propio servicio.

Prestaciones económicas, cuantías máximas y mínimas y cómo se calculan

La cuantía final depende de la capacidad económica personal: renta más un porcentaje de patrimonio (5% a partir de 65 años; 3% entre 35 y 65; 1% menores de 35). Si la capacidad económica es igual o inferior al IPREM 2025 (600 €/mes), no hay copago y, por ejemplo, el SAD asistencial puede resultar gratuito. En atención residencial, la aportación ordinaria es el 75% de los ingresos, sin superar el 90% del coste.

Prestación económicaGrado III (máx.)Grado II (máx.)Grado I (máx.)
Asistencia personal747,25 €747,25 €313,50 €
Vinculada a servicios747,25 €445,30 € / 747,25 € en residencia313,50 € / 445,30 € en centro de día
Cuidados en entorno familiar455,40 €315,90 €180,00 €
Mínimas para todas200,00 €150,00 €100,00 €

Las cuantías pueden ajustarse por dedicación horaria y coeficientes según capacidad económica. Por tanto, conviene revisar el PIA: es tu “hoja de ruta” para combinar servicios y prestaciones. Conoce más noticias sobre prestaciones en nuestro periódico digital de la comunidad autónoma de Andalucía.

1 comentario en «Así puedes solicitar la ayuda de dependencia en Andalucía y acceder a los nuevos servicios asistenciales»

  1. Hola soy usuaria y antes era trabajadora era auxiliar de la ayuda a domicilio tengo 1 hora de lunes a sábado hará 3años que estoy esperando la subida de horas tengo 2 grados mi enfermedad a abansado muchísimo tengo 84 de minusvalía los brazos no lo puedo mover estoy perdiendo la vista por día mi enfermedad me está afectando a los órganos por favor ayúdeme gracias

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