Si cobras 12 o 14 pagas, cambia tu nómina: entender el prorrateo te ayuda a revisar el sueldo y evitar errores que afecten a tu bolsillo.
El prorrateo reparte las pagas extraordinarias entre los 12 meses. Así, en vez de 14 pagas, cobras 12 con un importe mensual mayor. ¿Te lo están calculando correctamente? En este artículo, te explicamos cómo debe hacerse el cálculo correcto, para que puedas comprobarlo en tu nómina.
Ejemplo práctico con salario mínimo para entender el cálculo mensual
Para que el concepto del prorrateo quede claro, imaginemos un salario anual de 16.576 euros (salario mínimo interprofesional en 2025). ¿Cómo queda al mes según la modalidad?
| Modalidad de cobro | Cantidad mensual | 
|---|---|
| 14 pagas (sin prorrateo) | 1.184,00 € | 
| 12 pagas (con prorrateo) | 1.381,33 € | 
Como ves, con prorrateo sube la nómina mensual, pero el total anual es el mismo. Por lo tanto, no “ganas más”, solo se reparte de otra manera. ¿Cuánto te aparece a ti en la nómina?
Cómo comprobar el prorrateo de pagas extra en tu nómina mensual
Para revisar tu nómina, localiza el apartado de devengos y los conceptos de pagas extraordinarias. Si están prorrateadas, verás una línea específica o el detalle dentro del salario base. Por lo tanto, revisa si figura “prorrateo de pagas extra” y su cuantía proporcional. Tras esa verificación, confirma que el total bruto anual coincide con lo pactado. Si detectas incoherencias, pide a tu empresa una aclaración por escrito.
Además, por norma general, el prorrateo de pagas extra no elige el trabajador. La decisión la marca el convenio colectivo de tu sector. Cuando el convenio no dice nada (situación poco habitual), la empresa debe abonar 14 pagas al año conforme al Estatuto de los Trabajadores. De ahí que sea clave consultar tu convenio antes de reclamar: te ahorras vueltas y malos entendidos. Además, recuerda que el prorrateo no cambia tus cotizaciones ni tus retenciones en el conjunto anual; simplemente altera el ritmo de cobro.
Qué sucede con el prorrateo cuando estás de baja temporal laboral
Si entras en incapacidad temporal (por enfermedad o accidente, laboral o no), puedes seguir percibiendo el prorrateo de las extraordinarias si cumples estas dos condiciones: haber cotizado al menos 180 días en los 5 años previos al inicio de la baja y que la incapacidad no supere 365 días (con posibilidad de prórroga de 180 días adicionales). En consecuencia, tu nómina durante la baja seguirá reflejando ese reparto proporcional, siempre que se cumplan los requisitos. ¿Te encuentras en esta situación? Revisa tu historial de cotización y la duración prevista de la baja.
Por otra parte, el prorrateo no aumenta el salario anual: solo redistribuye. Si notas diferencias con respecto a lo pactado, compara salario bruto anual, número de pagas y si el convenio obliga o prohíbe prorratear. Por otro lado, cuando hay cambios de jornada o altas y bajas dentro del año, el prorrateo puede requerir ajustes proporcionales. En esos casos, conviene pedir una nómina desglosada y, si hace falta, una simulación de lo que correspondería sin prorrateo. Nada como ver los números claros para quedarse tranquilo.
En resumen, entender el prorrateo te ayuda a interpretar la nómina, detectar posibles errores y exigir lo que te corresponde. Y un consejo de la casa: guarda tus nóminas y anota cambios de jornada o ausencias; te salvará de más de un quebradero de cabeza. Entra en nuestra sección de trámites para ver otros temas relacionados.
 
					