La normativa europea obliga a sustituir los DNI con la mención “permanente” antes del 3 de agosto de 2031.
Los mayores de 70 años y las personas con gran invalidez que conservan el antiguo “DNI permanente” deberán renovarlo como máximo el 3 de agosto de 2031. El cambio deriva del Reglamento (UE) 2019/1157, que fija nuevas exigencias técnicas para los documentos de identidad y elimina progresivamente ese formato.
Quiénes deben renovar el DNI permanente y por qué cambia la normativa europea
El “DNI permanente” se venía entregando a mayores de 70 años y, de forma excepcional, a mayores de 30 con una gran invalidez reconocida oficialmente. Este documento no requería renovaciones, lo que simplificaba trámites para quienes tenían más dificultades de movilidad. ¿Te suena esta situación?
Ahora, el Gobierno confirma que quienes conserven ese carné con la palabra “permanente” deberán sustituirlo antes del 3 de agosto de 2031. La decisión se apoya en el Reglamento (UE) 2019/1157, que busca unificar y reforzar la seguridad de los documentos de identidad en toda la Unión. De hecho, el Ejecutivo respondió por escrito a una consulta parlamentaria tras el caso de un ciudadano que no pudo volar al mostrar un “DNI permanente”.
La norma europea es clara: los documentos que no se adapten “dejarán de ser válidos a su expiración o a más tardar el 3 de agosto de 2031”. Sin embargo, no afecta a quienes tienen en la fecha de caducidad el 01-01-9999, cuya validez seguirá siendo indefinida.
El límite del 3 de agosto de 2031 y documentos de identidad afectados
La regulación afecta a los DNI expedidos entre 1990 y 2006 en los que, en el campo de validez, figura el término “permanente”. Desde entonces y en la actualidad, los documentos se expiden con una fecha ficticia de caducidad: 01-01-9999 (formato dd-mm-aaaa). ¿Cómo saber si te afecta? Basta con comprobar qué aparece en tu fecha de validez, tal y como se explica en la siguiente tabla:
| Tipo de DNI | Periodo de expedición | Marca en validez | ¿Debe renovarse? |
|---|---|---|---|
| “Permanente” | Entre 1990 y 2006 | “permanente” | Sí, como tarde el 3 de agosto de 2031 |
| Con fecha ficticia de caducidad | Desde entonces y actualmente | 01-01-9999 | No, validez indefinida |
En pocas palabras: si tu documento dice “permanente”, tendrás que renovarlo; si muestra 01-01-9999, no.
Procedimiento para renovar el DNI permanente sin cita previa
La renovación puede hacerse de forma voluntaria y sin cita previa en las Unidades de Documentación. ¿Tengo que pedir cita? No: se indica que es posible acudir sin cita, con la ventaja de adaptarse ya a las nuevas especificaciones y activar la utilidad electrónica con certificados de firma y autenticación, que acercan la administración digital. Tras la visita, se entregará un documento que cumple con la normativa europea y permite usar certificados para firmar o autenticar gestiones en línea. Por lo tanto, además de evitar problemas de validez en viajes o trámites, se gana en funcionalidades útiles para el día a día. Más claro, agua.
¿Qué pasa si no lo renuevo a tiempo? La fecha tope está marcada y, llegado el límite, el documento dejará de ser válido. En consecuencia, la recomendación es adelantarse y renovarlo cuanto antes, especialmente si se viaja o se realizan gestiones que exigen tener una identificación en regla. Conoce más noticias sobre trámites en nuestra plataforma web de información.