Tras la reforma, la cuantía arranca con un extra y se reduce por tramos hasta recuperar el nivel previo. Afecta a quienes agotan el paro o no tienen derecho a prestación contributiva.
El cambio llega con el Real Decreto‑ley 2/2024, de 21 de mayo. La reforma eleva la cuantía al inicio, pero establece una fórmula decreciente en tres tramos que, con el paso de los meses, termina restando ese 15% adicional. Te contamos los aspectos principales de la reforma de los subsidios por desempleo.
Cómo queda la cuantía de los subsidios por desempleo del SEPE tras la reforma y en qué porcentaje del IPREM
La norma fija tres periodos con importes distintos para los subsidios por agotamiento y por cotizaciones insuficientes. En definitiva, empiezas cobrando más y, poco a poco, vuelves a la cuantía previa a la reforma. Esta es la tabla de tramos e importes orientativos:
Periodo de cobro | % del IPREM | Importe mensual orientativo |
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Días 1 a 180 | 95% | 570 € |
Días 181 a 360 | 90% | 540 € |
Desde el día 361 | 80% | 480 € |
Como ves, el incremento inicial (ese “+15%” sobre el 80% del IPREM anterior) se va reduciendo hasta desaparecer desde el día 361, cuando la cuantía retorna a 480 euros al mes.
El que el SEPE reduce la cuantía de estos subsidios con el paso del tiempo
La reforma entra en vigor con el Real Decreto‑ley 2/2024, de 21 de mayo. Desde entonces, los dos subsidios citados pasan a tener cuantía decreciente. El esquema es claro: primeros 180 días al 95% del IPREM, del 181 al 360 al 90%, y a partir del 361 al 80%. ¿Te preguntas si el “recorte” es inmediato? No: es progresivo por tramos, de ahí que se hable de “hasta un 15%” con el avance de los meses.
¿A quién afecta? A quienes se han quedado sin trabajo y han agotado el paro o no cumplen requisitos para la contributiva. Son situaciones más vulnerables, de modo que el refuerzo inicial busca aliviar el impacto y, posteriormente, encajar la ayuda en el nivel previo. El organismo que gestiona es el SEPE, y la medida responde a la política del Gobierno de reordenar los subsidios con un diseño temporal más intenso al comienzo.
Qué pasa con el subsidio para mayores de 52 años y su cotización a la Seguridad Social
¿Y si cobras el subsidio para mayores de 52 años? Aquí no hay subida de cuantía. Este subsidio quedó fuera del aumento inicial porque mantiene una ventaja clave: cotiza a la Seguridad Social por jubilación durante todo el tiempo de percepción, sobre el 125% de la base mínima vigente. De hecho, la intención de rebajar esa cotización generó un retraso en la aprobación de la reforma; finalmente se desechó y el decreto salió adelante. Ojo con esto: aunque no sube su importe, conserva esa cobertura de cotización que el resto no tiene.
En resumen, la reforma de los subsidios proporciona más apoyo al principio, reducción programada después y retorno a 480 euros a partir del día 361. Si estás pensando “¿me compensa solicitarlo?”, recuerda que el refuerzo inicial puede darte aire en los primeros meses. Por tanto, conviene revisar tu situación y el tramo en el que te encontrarás según cuándo comiences a cobrar. Conoce más noticias relacionadas con prestaciones en nuestra plataforma web de Andalucía.