Banco de España advierte que vigilará los límites que imponen los bancos a las transferencias inmediatas a partir del 9 de octubre

Las transferencias inmediatas permiten enviar hasta 100.000 euros en segundos, con el mismo coste que las ordinarias y supervisión europea.

Según advierte el Banco de España, todas las entidades deben ofrecer transferencias inmediatas y aplicar la misma comisión que a las ordinarias. La obligación estará plenamente activa el 9 de octubre de 2025 y, desde el 9 de enero de 2025, no se puede cobrar de más por este servicio. Las transferencias inmediatas permiten enviar hasta 100.000 euros en un máximo de 20 segundos, 24 horas al día y todos los días, también entre países de la Unión Europea.

A diferencia de las transferencias ordinarias, cuyo ingreso puede llegar al final del siguiente día hábil, las inmediatas se abonan casi al instante. La norma fija el límite máximo en 100.000 euros y equipara las comisiones: desde el 9 de enero de 2025 no pueden ser superiores a las ordinarias. En la práctica, muchos usuarios encuentran trabas injustificadas.

Quién puede utilizarlas, fechas de obligación y cambios en comisiones

Todas las entidades deben poner este servicio a disposición de sus clientes y mantener las mismas tarifas que en las transferencias tradicionales. Para las entidades reticentes, la fecha tope para tenerlo operativo es el 9 de octubre de 2025. ¿Y si tu banco aún no lo ofrece? Deberá adaptarse para cumplir el Reglamento europeo.

Aunque la norma permite alcanzar 100.000 euros, muchos bancos aplican topes inferiores. A continuación, un resumen orientativo de comisiones y límites por operación y por día en algunas entidades:

EntidadComisión en oficinaComisión onlineLímite por operaciónLímite por día
Caja de Ingenieros3 €0 €7001.000
BBVA0,4% (6 €)0 €1.0005.000
Bankinter0,25% (2,5 €)0 €1.0005.000
Ibercaja0,4% (3,5 €)0 €15.00015.000
Caixabank0,40% (3,95 €)0 €15.00015.000
Pibankn.a.0 €50.00050.000
Abanca0,6% (6 €)0 €100.000100.000
Revolutn.p.0 €100.000100.000

Hay límites muy bajos (Caja de Ingenieros, 700 euros), otros intermedios en 15.000 (Caixabank, Ibercaja o Santander) y entidades que llegan al máximo de 100.000 euros (Abanca, Kutxabank/CajaSur o Revolut). ¿Qué pasa si tu tope se queda corto? Muchos consumidores deben fraccionar pagos o recurrir a transferencias ordinarias, más lentas.

Cómo solicitarlas en el banco y qué supervisa el Banco de España

Se ordenan por los canales habituales (online u oficina) y con la misma comisión que la transferencia ordinaria. Además, los proveedores de servicios de pago deben permitir que el usuario establezca un límite propio, por operación o diario, y modificarlo en cualquier momento. Por consiguiente, el límite no debería ser desproporcionado ni más restrictivo que el de una transferencia ordinaria.

El Banco de España analizará los datos y hará seguimiento para asegurar el cumplimiento del Reglamento europeo. Se esperan criterios claros que faciliten el uso de pagos inmediatos y eviten obstáculos injustificados. En esencia, si puedes hacer una ordinaria por un importe, también deberías poder hacerla inmediata. Por lo tanto, así queda el reglamento de transferencias inmediatas:

  • Servicio obligatorio para todas las entidades antes del 9 de octubre de 2025.
  • Misma comisión que una transferencia ordinaria desde el 9 de enero de 2025.
  • Límite normativo hasta 100.000 euros; muchos bancos aplican topes inferiores.
  • El usuario puede fijar y modificar su propio límite, por operación o diario.
  • Los límites no deben ser desproporcionados ni más restrictivos que los ordinarios.

En definitiva, las transferencias inmediatas han llegado para quedarse: rápidas, seguras y, por ley, al mismo coste que las ordinarias. No te compliques: revisa los límites de tu entidad y ajusta el tuyo si lo necesitas. Te recomendamos que visites los contenidos de nuestro periódico digital para conocer más noticias relacionadas con otros trámites y gestiones fiscales y administrativas.

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