El SEPE aclara el truco legal para cobrar la prestación por desempleo después de una baja voluntaria

La prestación por desempleo protege a quienes pierden el trabajo de forma involuntaria. Tras una baja voluntaria, en términos generales no hay derecho al paro; te contamos las excepciones sobre el periodo de prueba y el plazo clave de tres meses.

La prestación por desempleo (el “paro”) es una ayuda económica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para sostener a quienes han perdido su empleo mientras buscan otro. En julio, el SEPE contabilizó 2.404.606 personas paradas. ¿Se puede cobrar el paro si dejas tu empleo por decisión propia? La respuesta es no, salvo situaciones muy concretas vinculadas a posteriores contratos y periodos de prueba.

Quién puede cobrar la prestación por desempleo tras una baja voluntaria

La norma general es clara: si el cese fue voluntario, no se reconoce la prestación. El sistema protege a las personas trabajadoras que quieren y pueden trabajar, pero carecen de empleo por causas ajenas a su voluntad. Ahora bien, ¿qué sucede si después de la baja voluntaria firmas un nuevo contrato y no prospera? Antes de entrar en los matices, conviene fijar los supuestos en los que no nace el derecho al paro:

  • Baja voluntaria sin más.
  • Nuevo contrato posterior en el que no superas el periodo de prueba por decisión empresarial y no han transcurrido tres meses desde el empleo anterior.

En consecuencia, si estás en alguno de esos escenarios, el SEPE no reconocerá la ayuda. Ojo, aquí está la clave: el plazo de tres meses marca la diferencia.

Qué dice el SEPE sobre paro y periodo de prueba encadenado

Existe un caso más complejo que suele generar dudas. Imagina que, tras la baja voluntaria, enlazas dos empleos en los que te cesan por no superar el periodo de prueba y, en un tercer empleo, vuelve a ocurrir lo mismo. ¿Hay prestación entonces? Solo si han pasado al menos tres meses entre el segundo y el tercer cese. De lo contrario, no. ¿Y si el cese del segundo empleo fue por otro motivo? Ese detalle importa, y mucho, porque cambia el resultado.

Cómo afecta el periodo de tres meses entre ceses y despidos

Si, después de la baja voluntaria, comienzas a trabajar y no han pasado tres meses desde el empleo anterior, un cese por no superar el periodo de prueba no abrirá el derecho al paro. Por el contrario, si en ese segundo empleo el cese se produce por un motivo distinto a no superar el periodo de prueba, sí se podrá acceder a la prestación, con independencia del tiempo transcurrido.

Posteriormente, si se encadenan más contratos, el criterio vuelve a mirar el calendario: para que un nuevo cese por periodo de prueba permita cobrar el paro en ese escenario encadenado, deben transcurrir al menos tres meses entre el segundo y el tercer cese. De ahí que sea esencial anotar fechas y causas del cese. ¿Ves por qué el “reloj” manda?

Resumen de requisitos para cobrar el paro según normativa

A continuación, un cuadro orientativo que sintetiza los supuestos más habituales tras una baja voluntaria y su efecto sobre la prestación:

Situación tras la baja voluntaria¿Derecho a paro?
Baja voluntaria sin contrato posteriorNo
Nuevo contrato; no superas el periodo de prueba; no han pasado 3 meses desde el empleo anteriorNo
Segundo empleo; cese por motivo distinto a “no superar el periodo de prueba”
Dos empleos seguidos cesados por periodo de prueba; tercer empleo también cesa por periodo de prueba; menos de 3 meses entre el segundo y el terceroNo
Mismo encadenamiento anterior, pero con al menos 3 meses entre el segundo y el tercer cese

En resumen, la regla base es negativa tras la baja voluntaria, pero existen excepciones muy concretas ligadas a la causa del cese y al plazo de tres meses entre ceses. Por tanto, conviene revisar cada caso con detalle y conservar toda la documentación de los contratos y las fechas.

Para más información sobre asuntos relacionados con el SEPE, te recomendamos que visites nuestra sección de prestaciones.

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