Complementa la cuantía de tu pensión de jubilación con estas 7 alternativas que refuerzan el ahorro

Guía práctica para quienes buscan reforzar su jubilación con productos privados. Explicamos opciones, límites de aportación y claves fiscales para elegir según edad, capacidad de ahorro y tolerancia al riesgo.

Existen numerosas alternativas de ahorro para la jubilación. Los Planes de Pensiones Individuales son los más conocidos, pero también hay Planes de Previsión Asegurada, Seguros de Ahorro, Planes de Ahorro a Largo Plazo (Plan 5), PIAS y otras fórmulas. ¿Cuál encaja mejor contigo? Te lo contamos a continuación, para ayudarte a tomar una decisión, según sea tu tipo de perfil.

Quién puede contratar estos productos de ahorro para la jubilación y por qué convienen

Están pensados para quienes quieren complementar la pensión pública de la Seguridad Social. La elección depende de tu perfil: edad, capacidad de ahorro y tolerancia al riesgo; por tanto, conviene comparar con calma. A continuación, las siete alternativas más citadas en el mercado del ahorro previsional:

  • Planes de Pensiones Individuales (PPI).
  • Planes de Previsión Asegurada (PPA).
  • Seguros de Ahorro o Planes de Jubilación.
  • Plan de Ahorro a Largo Plazo (Planes de Ahorro 5: CIALP/SIALP).
  • Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS).
  • Unit-Linked.
  • Rentas vitalicias y temporales.

Además, también se mencionan otras posibilidades como fondos de inversión e hipoteca inversa, que pueden valorarse según cada caso.

Fechas de disponibilidad, plazos orientativos y momentos idóneos para contratar

Son instrumentos de largo plazo, no “convocatorias” con apertura y cierre. En PPI las aportaciones son flexibles (importe y periodicidad) y permiten anticipar la prestación en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración. El Plan 5 facilita aportar hasta 5.000 euros al año durante 5 años y la exención de rendimientos en el IRPF si transcurren, al menos, 5 años desde la primera prima.

Los PIAS buscan constituir una renta vitalicia con primas periódicas (límite de 8.000 euros anuales y 240.000 euros en total), aunque el rescate anticipado hace perder el beneficio fiscal. Los Seguros de Ahorro permiten pago único o periódico, con rentabilidad mínima garantizada. ¿Te preocupa más la fiscalidad o la liquidez? Ojo: la clave es la constancia.

Cómo solicitar y contratar online o presencialmente estos planes y seguros

La operativa se apoya en las reglas de cada producto: en PPI las aportaciones reducen la base imponible del IRPF con el límite de la menor de 2.000 euros o el 30% de los rendimientos del trabajo y/o actividades económicas; en PPA el régimen jurídico y fiscal se asimila al de los planes de pensiones; el Seguro de Ahorro no reduce base imponible y la prestación tributa en el IRPF; en Plan 5 las aportaciones y la exención están condicionadas a los 5 años; en PIAS se configura una renta vitalicia con exención de rendimientos si se cumplen los requisitos. A continuación, un resumen comparativo:

ProductoAportaciones/PrimasFiscalidad clave (IRPF)Liquidez/AnticipoRentabilidad
PPIAportaciones flexibles en cuantía y periodicidadReducen base imponible; límite: menor de 2.000 € o 30% rendimientosAnticipo por enfermedad grave o desempleo de larga duraciónNo garantizada; depende de la política de inversión
PPASeguro de ahorro‑previsión a largo plazoRégimen jurídico y fiscal asimilado al de planes de pensionesAnticipo por enfermedad grave y desempleo de larga duraciónNo especificada en la descripción
Seguro de AhorroPago único o periódico prefijadoNo reduce base imponible; la prestación tributa en el IRPFRescate anticipado posible; sin vinculación a contingenciasRentabilidad mínima garantizada
Plan 5 (CIALP/SIALP)Hasta 5.000 € al año durante 5 añosRendimientos exentos si pasan al menos 5 años desde la primera primaNo vinculado a contingencias de jubilación, fallecimiento o invalidezNo indicada en la descripción
PIASPrimas periódicas: 8.000 €/año; total 240.000 €Rendimientos exentos si se cumplen requisitos y se cobra como renta vitaliciaRescate anticipado con pérdida del beneficio fiscalRentabilidad mínima garantizada

Estos productos son privados y complementan la pensión pública de la Seguridad Social; la normativa aplicable incide especialmente en el IRPF y en los límites de aportación. En consecuencia, conviene alinear el objetivo (capital o renta vitalicia), el horizonte temporal y el nivel de riesgo con tus aportaciones periódicas.

¿Listo para dar el primer paso y comparar con tu propio perfil? Te animamos a conocer más asuntos relacionados con otras gestiones y trámites, fiscales o administrativos, en nuestra plataforma web de noticias de Andalucía.

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