Devolución del IRPF a mutualistas: así está calculando Hacienda los intereses de demora en 2025

Los pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales tienen derecho a la devolución en un único pago durante 2025, con intereses de demora.

El núcleo de la medida afecta a mutualistas con cotizaciones entre 1967 y 1978, y también a quienes lo fueron antes de 1967. Tras la doctrina fijada en 2023, se aplica una reducción del 25% sobre la parte de pensión generada entre 1967 y 1978, y puede llegar al 100% para periodos anteriores a 1967. Además, procede devolver importes de IRPF de 2022 y ejercicios anteriores no prescritos, con intereses de demora. El pago será único en 2025 y las devoluciones han comenzado en septiembre.

Quiénes pueden acogerse a la devolución del IRPF de mutualistas y por qué ahora es relevante

¿Fuiste mutualista entre 1967 y 1978? Entonces la parte de tu pensión vinculada a ese periodo solo tributa por el 75%, al reconocerse una reducción del 25%. Si lo fuiste antes de 1967, esa reducción puede ser del 100% para esa fracción de la prestación.

Este cambio llega porque, antes de 1979, no existía un impuesto equiparable al IRPF: las prestaciones no tributaban y las aportaciones no eran deducibles. Con la creación del IRPF, se pasó al diferimiento fiscal: cotizaciones deducibles y pensión plenamente sujeta. De ahí que ahora se corrija el tratamiento de quienes aportaron a mutualidades laborales fuera del esquema actual.

La reducción se aplica proporcionalmente a los periodos en la mutualidad respecto al total de vida laboral o a 35 años de cotización. En pocas palabras: cuenta el tiempo exacto cotizado en la mutualidad.

Fechas clave y entrada en vigor para calcular intereses de demora correctamente

El Congreso aprobó en julio de 2025 la Disposición final 16ª de la Ley 5/2025, que habilita la devolución en un único pago durante 2025. La referencia temporal para intereses se ancla en la entrada en vigor de esa disposición, fijada el 22 de diciembre de 2024.

Importa, y mucho, el alcance temporal: afecta a las devoluciones del IRPF del ejercicio 2022 y anteriores que no hayan prescrito. Ojo con el calendario: las devoluciones ya se están aplicando desde septiembre, por lo que conviene tener a mano los datos de tus declaraciones afectadas.

Cómo se calculan los intereses de demora según cada supuesto de devolución

El cómputo depende del tipo de devolución y de si hubo una solicitud previa. A continuación, un cuadro práctico con los puntos esenciales para orientarte en el cálculo:

Supuesto de devoluciónDesde cuándo se calculan los intereses de demora
Ingreso efectuado en su día en la declaración de IRPFDesde la fecha en que se produjo ese ingreso
Retenciones u otros pagos a cuenta soportadosDesde el 22 de diciembre de 2024 (entrada en vigor)
Excepción si se solicitó antes del 22/12/2024 y a esa fecha ya habían pasado más de 6 mesesDesde el día siguiente al vencimiento de esos 6 meses

Estos criterios se aplican al reconocimiento de la devolución y al abono del principal. ¿Quieres ver casos numéricos? En la web de la Agencia Tributaria se muestran ejemplos de cómputo de intereses para mutualistas, útiles para comprobar tu situación concreta.

Procedimiento general, organismos implicados y aplicación proporcional sobre la pensión

La medida nace de la citada disposición legal aprobada por el Congreso y se materializa en la gestión de la devolución del IRPF, que incluirá el principal y los intereses de demora conforme a los supuestos anteriores. ¿Y cómo se tramita en la práctica? El cálculo se efectúa atendiendo al origen de la devolución (ingreso, retenciones o pagos a cuenta) y a las fechas clave que acabamos de repasar.

La reducción fiscal se aplica sobre la cuantía de la pensión de jubilación, proporcionalmente al tiempo cotizado en la mutualidad frente al conjunto de la vida laboral o a 35 años. Por tanto, cada caso se ajusta a su historia contributiva. Dicho de forma llana: ni más ni menos que lo que corresponda por tus periodos como mutualista.

Resumen práctico con puntos clave para solicitar y entender esta devolución

Para cerrar, aquí van los imprescindibles que conviene tener presentes si eres mutualista o pensionista afectado:

  • Beneficiarios: mutualistas entre 1967–1978 (reducción del 25%) y anteriores a 1967 (hasta el 100%).
  • Ámbito: IRPF 2022 y anteriores no prescritos.
  • Pago: único en 2025, con devoluciones ya iniciadas en septiembre.
  • Intereses: según ingreso declarado, retenciones/pagos a cuenta o, en su caso, desde el día posterior a los 6 meses si pediste la devolución antes del 22/12/2024. Ejemplos orientativos disponibles en la web de la Agencia Tributaria.

En consecuencia, revisar tus periodos cotizados y tus declaraciones afectadas te permitirá estimar con mayor precisión la devolución y sus intereses. ¿Listo para calcular lo que te corresponde? Permanece atento a más noticias relacionadas en nuestra sección de trámites.

1 comentario en «Devolución del IRPF a mutualistas: así está calculando Hacienda los intereses de demora en 2025»

  1. Estuve trabajando en el periodo indicado, pero actualmente, en mi pensión no me deducen el IRPF, al pasar en 2011 de invalidez total a absoluta. ? Tengo derecho a devolución ?.
    Gracias, un saludo.

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