El INSS confirma un incremento de las denegaciones de jubilación parcial por su alto coste para las empresas

La modalidad permite reducir jornada y compatibilizar salario y pensión, pero exige contrato de relevo indefinido y cotizaciones al 100%.

La jubilación parcial permite adelantar parcialmente el retiro, trabajar menos horas y cobrar una parte de la pensión junto a una parte del salario. Ahora bien, no basta con cumplir requisitos: el acuerdo con la empresa es imprescindible y ahí se están produciendo las negativas. ¿Te afecta esta situación? Los expertos señalan que, la falta de incentivos, está llevando a muchas compañías a rechazar esta modalidad de jubilación.

Quién puede acceder a la jubilación parcial y por qué a veces la deniegan

La Seguridad Social contempla la jubilación parcial para quienes reducen su jornada y compatibilizan la prestación con su actividad. Sin embargo, adherirse nunca es una decisión unilateral: debe existir pacto entre trabajador y empresa. Si la compañía no acepta, la solicitud no prospera y la persona continúa a jornada completa.

¿Por qué se están negando acuerdos? Porque el modelo traslada obligaciones relevantes a la parte empresarial. En consecuencia, aunque a muchos trabajadores les encaja, para no pocas empresas supone un freno.

Cómo funciona la jubilación parcial de la Seguridad Social y cálculo de pensión y salario

La cuantía se reparte según la reducción de jornada: la persona cobra el porcentaje de pensión equivalente a las horas que deja de trabajar y, a la vez, el salario proporcional a su nueva jornada. No puede mantenerse a tiempo completo bajo ningún caso. A modo ilustrativo, así queda un ejemplo cuando la reducción es del 80%:

Reducción de jornadaPensión que cobra la personaSalario que paga la empresa
80%80% de la pensión que le correspondería20% del salario

Como ves, el trabajador percibe parte de su prestación y parte de su nómina. Por tanto, se trata de un equilibrio, pero con implicaciones de cotización que no son menores. Ojo con esto.

Exigencia de contrato de relevo y cotización al cien por ciento para ambas partes

Uno de los principales escollos es el contrato de relevo para cubrir el puesto de quien reduce su jornada. Según explica Alfonso Muñoz, funcionario del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), “Para esta modalidad las empresas deben firmar un contrato de relevo de carácter indefinido y a jornada completa y mantenerlo al menos durante dos años a la extinción de la jubilación parcial”, al tiempo que añade que “con independencia de la reducción de la jornada laboral que tenga el jubilado parcial, tanto él como la empresa deben cotizar por la base de cotización al 100%, como si estuviera a jornada completa”.

¿Qué significa esto en la práctica? Que la empresa abona cotizaciones como si el trabajador siguiera a tiempo completo hasta su edad ordinaria de jubilación, y además cotiza por la persona relevista. No es poca cosa.

Coste empresarial, ausencia de incentivos y por qué muchas compañías se niegan

Este doble esfuerzo, relevo y cotización plena, eleva el coste y explica parte de las denegaciones. Muñoz señala que las compañías “no tienen ningún beneficio o incentivo para hacerlo, sino que más bien les supone un coste extra”, proponiendo bonificaciones de cotización para corregir el desincentivo. En resumen, estas son las claves que hoy frenan la concesión de esta modalidad por parte de las empresas:

  • Necesidad de acuerdo mutuo entre trabajador y compañía; no es una decisión unilateral.
  • Contrato de relevo indefinido y a jornada completa, mantenido al menos dos años tras la extinción.
  • Cotizar al 100% por el jubilado parcial, aunque trabaje con jornada reducida.
  • Cotizar también por el trabajador relevista durante el periodo exigido.
  • Falta de incentivos y mayor coste económico para la empresa, con intervención del INSS y la Seguridad Social.

¿Y si cumples las condiciones, pero la empresa dice que no? De acuerdo con lo descrito, el trabajador debe continuar a jornada completa, pese a reunir los requisitos para la parcial. De ahí que se plantee la necesidad de incentivos que faciliten el acuerdo y eviten bloqueos.

Síguenos para conocer más noticias relacionadas con jubilación y prestaciones. Visita a diario los contenidos de nuestro periódico digital.

Deja un comentario