La Seguridad Social recortará la pensión hasta un 30 % a quienes adelanten su jubilación, pese a tener más de 38 años cotizados

La jubilación anticipada, ya sea voluntaria o forzosa, supondrá recortes en la pensión que pueden alcanzar hasta el 30 % en 2025.

Anticipar la jubilación, ya sea voluntaria o forzosa, implica recortes en la pensión. Los coeficientes reductores dependen de los años cotizados y de los meses de anticipo, y pueden alcanzar el 30% si se adelantan cuatro años. La jubilación anticipada permite retirarse antes de la edad ordinaria, pero con “penalización”. En la voluntaria el adelanto máximo es de 2 años; en la involuntaria, de hasta 4 años. Por lo tanto, cuanto más meses se recorte, mayor será la reducción sobre la cuantía final. A continuación, pasamos a ver este asunto con más detalle.

Quién puede jubilarse de forma anticipada y por qué la Seguridad Social aplica recortes en la pensión

La anticipada voluntaria se solicita por decisión propia. Se entiende que, al disfrutar la prestación antes, se aplican coeficientes reductores para sostener el sistema público. ¿Y si el despido no deja otra salida? En la anticipada involuntaria (o forzosa) el retiro antes de tiempo puede deberse a causas ajenas al trabajador. Estas son las situaciones indicadas en la normativa citada:

  • Despido colectivo u objetivo.
  • Resolución judicial.
  • Fuerza mayor.
  • Causas empresariales como la jubilación del empleador.
  • Causas empresariales como el fallecimiento del empleador.

En todos los casos la decisión final es del trabajador: puede optar por jubilarse con recorte o buscar empleo, incluso mientras cobra la prestación o el subsidio para mayores de 52 años. Dicho pronto y claro: nadie puede obligarte a jubilarte.

Coeficientes reductores que afectarán a la cuantía según meses y cotización acumulada

Los recortes varían por modalidad y por carrera de cotización. En la involuntaria oscilan entre el 0,5% y el 30%; en la voluntaria, entre el 2,81% y el 21%. Esto quiere decir que dos factores mandan: los años cotizados y los meses de anticipo. A modo orientativo, esta tabla recoge algunos casos frecuentes (por tramos de cotización y meses adelantados):

Modalidad Meses de anticipo < 38 años y 6 meses 38 años y 6 meses a < 41 y 6 41 años y 6 meses a < 44 y 6 ≥ 44 años y 6 meses
Voluntaria2421%19%17%13%
Voluntaria125,50%5,25%5%4,75%
Voluntaria13,26%3,11%2,96%2,81%
Involuntaria4830%28%26%24%
Involuntaria2415%14%13%12%
Involuntaria125,5%5,25%5%4,75%
Involuntaria10,63%0,58%0,54%0,50%

Como se aprecia, adelantar 24 meses supone recortes relevantes; y si el anticipo llega a 48 meses por causas forzosas, la reducción puede alcanzar el 30%. ¿Compensa? Dependerá de tus ingresos previstos y de tu horizonte de retiro.

Qué ocurre si tras aplicar coeficientes la pensión supera el tope máximo

Si, una vez aplicados los coeficientes, la cuantía resultante superara la pensión máxima, la Seguridad Social aplicará un segundo coeficiente reductor para que nunca quede por encima del límite. Estos porcentajes también dependen de meses de anticipo y años cotizados, y figuran en la disposición transitoria trigésima cuarta de la Ley 21/2021 para 2025. Además, las “penalizaciones son para 2025” y se irán incrementando cada año hasta 2033, cuando, en el tramo de menos de 38 años y seis meses cotizados, podrán alcanzar hasta un 21%.

En consecuencia, antes de adelantar la jubilación conviene valorar el mes exacto de retiro y el tramo de cotización en el que te encuentras. Un mes arriba o abajo cambia el coeficiente y, por tanto, la pensión definitiva. Síguenos a diario para conocer las últimas novedades sobre pensiones y prestaciones.

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