Hacienda avisa: este despiste veraniego puede salirte muy caro en tu próxima declaración de la Renta

Propietarios de segundas residencias deben declararlas aunque no generen ingresos. Omitirla acarrea recargos, intereses y sanciones que pueden sumar cientos de euros.

El verano invita a pasar temporadas en la playa o la montaña, pero tener una vivienda adicional implica obligaciones fiscales que no se pueden olvidar. La Agencia Tributaria recuerda que estos inmuebles deben figurar en el IRPF, y que cruza datos catastrales y registros para comprobarlo. No hacerlo sale caro.

Muchos contribuyentes creen que, al no obtener rentas, la segunda vivienda no se declara. Es un error. La Administración contrasta información del Catastro y otros registros para verificar que todos los inmuebles están incluidos. ¿Tienes una casa cerrada casi todo el año? Debe aparecer en tu borrador.

Consecuencias por olvidar declarar la segunda vivienda en la Renta

Si se detecta la omisión, Hacienda requerirá corregirla y abonar lo debido. Además, aplicará un recargo del 5% en concepto de intereses de demora si el ingreso se realiza fuera de plazo, porcentaje que aumenta con el tiempo. El procedimiento sancionador puede alcanzar hasta el 50% de la cantidad dejada de ingresar.
Para aclararlo de un vistazo, así tributa según el uso del inmueble:

SituaciónQué declararRegla fiscal aplicableNotas
Uso personal (vacacional sin ingresos)Marcar el inmueble como “a disposición de sus titulares” en “Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas”.Imputación de rentas (art. 85 Ley 35/2006): 2% del valor catastral; 1,1% si revisado en los últimos 10 años.La cantidad se suma a la base imponible.
Alquiler (temporal o permanente)Declarar ingresos en rendimientos del capital inmobiliario.Se integran en la base general del IRPF.Días sin alquilar: también existe imputación de rentas.

Por lo tanto, incluso sin ingresos reales, la posesión de la vivienda genera una renta imputada.

Cómo declarar una vivienda de uso personal con imputación de rentas

La imputación de rentas calcula un ingreso ficticio por poseer la casa cuando no es la habitual. Con carácter general se aplica el 2% del valor catastral, o el 1,1% si ese valor fue revisado en los últimos diez años. Para entenderlo mejor, aquí tienes un ejemplo práctico: con un valor catastral de 75.000 euros, la renta imputada será de 1.500 euros con el 2% o de 825 euros con el 1,1%. Esa cifra se suma a la base imponible y tributa como un ingreso más.

Alquilas en verano y el resto del año está vacía: así tributa

Si alquilas, los ingresos se declaran como rendimientos del capital inmobiliario. Se integran en la base general junto con salarios y otros ingresos.
Los días sin inquilino siguen sujetos a imputación de rentas, igual que una segunda residencia vacía. De hecho, este régimen permite deducir gastos asociados como el IBI, tasas municipales, comunidad o reparaciones necesarias para mantener la vivienda. Para no tropezar este verano, conviene seguir estas pautas básicas:

  • Incluye la segunda residencia en el borrador del IRPF.
  • Si es de uso personal, márcala como “a disposición de sus titulares” en el apartado indicado.
  • Si hay alquiler, declara los ingresos en rendimientos del capital inmobiliario.
  • Aplica la imputación de rentas en los días no alquilados.
  • Anota los gastos permitidos: IBI, tasas municipales, comunidad y reparaciones necesarias.

En consecuencia, cumplir estos pasos reduce el riesgo de recargos y sanciones. ¿De verdad merece la pena dejarlo para luego? Mejor prevenir que pagar de más. Conoce más noticias sobre trámites y gestiones fiscales y administrativas en nuestro periódico digital de Andalucía.

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