Zara deberá pagar casi 100.000 euros a una empleada despedida por sustraer prendas de la tienda

El fallo considera improcedente el despido y confirma que la apertura de su taquilla, durante una baja médica, lesionó su derecho a la intimidad.

Una trabajadora de una tienda de Zara en Madrid recibirá 90.742,72 euros por despido improcedente y 7.501 euros por daños morales. Sí, has leído bien: casi 100.000 euros tras una investigación interna que empezó con la apertura de su taquilla mientras estaba de baja y terminó con la Justicia dándole la razón.

Despido improcedente en Zara por apertura de taquilla: vulneración del derecho a la intimidad

La empleada, identificada como F. en la sentencia, llevaba en la empresa desde 1999 y percibía un salario bruto cercano a 3.900 euros mensuales. A finales de 2023, se encontraba de baja médica desde septiembre, cuando la tienda sustituyó las taquillas del personal.

La dirección abrió la suya sin avisar ni pedir consentimiento. Participaron responsables de tienda, un jefe de obra y una representante sindical. En el interior hallaron cinco artículos de Zara con etiqueta, entre ellos unas zapatillas que faltaban en inventario. ¿Puede una empresa registrar tu taquilla sin comunicación previa y sin garantías? Este caso demuestra que hacerlo puede tener consecuencias.

La empresa pidió justificantes de compra y, al no aportarlos, comunicó un despido disciplinario en marzo de 2024. La exempleada denunció por despido improcedente y por vulneración de derechos fundamentales, centrando su demanda en la lesión a su intimidad. Estos factores inclinaron la balanza a favor de la trabajadora:

  • Apertura de la taquilla sin comunicación ni consentimiento durante su ausencia por baja.
  • Falta de garantías y de testigos independientes en el registro interno realizado.
  • Pruebas obtenidas a partir de esa apertura irregular, cuestionando su validez.
  • Desproporción de la medida disciplinaria basada en actuaciones sin cobertura mínima.

Decisión del Juzgado y ratificación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

El Juzgado de lo Social n.º 41 de Madrid analizó el procedimiento seguido por la empresa y concluyó que la base del despido era ilícita. Por tanto, declaró el despido improcedente y obligó a la compañía a elegir entre readmitir a la trabajadora o indemnizarla con 90.742,72 euros.

Además, el juzgado fijó 7.501 euros por daños morales al acreditarse la vulneración del derecho a la intimidad, derivada del registro de la taquilla sin las mínimas garantías. La sentencia subrayó que la trabajadora no estuvo presente ni informada del registro, y que las pruebas nacieron de esa actuación irregular.

Zara recurrió. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ratificó la resolución inicial, desestimó el recurso y condenó también al pago de las costas. ¿La conclusión práctica? Cuando la obtención de pruebas invade la intimidad, toda la sanción puede venirse abajo.

Importes, fechas y datos clave del caso de la trabajadora en Madrid

A continuación, resumimos los datos más relevantes de un caso que ha alimentado el debate en redes y entre colectivos de defensa de derechos laborales.

ConceptoDetalle
AntigüedadDesde 1999
Salario bruto mensualAproximadamente 3.900 €
Situación médicaBaja desde septiembre de 2023
Hecho desencadenanteApertura de taquilla sin aviso durante sustitución de taquillas
HallazgosCinco artículos con etiqueta; unas zapatillas del inventario
Despido comunicadoMarzo de 2024
Indemnización por improcedencia90.742,72 €
Daños morales7.501 €
Órganos judicialesJuzgado de lo Social nº 41 y TSJ de Madrid
Resultado finalRatificación de la condena y costas a la empresa

Este cuadro ayuda a entender cómo un registro sin garantías terminó siendo decisivo en la valoración judicial.

Consejos prácticos para trabajadoras ante registros de taquillas y despidos disciplinarios

¿Te preocupa qué harías en una situación parecida? Atención con este detalle: la sentencia pone el foco en la forma de obtener las pruebas. Si hay registros de taquillas sin comunicación ni garantías, la intimidad puede verse comprometida y el despido quedar en entredicho.

De ahí que, ante una incidencia interna, sea clave conservar justificantes de compra, pedir que cualquier revisión se realice con comunicación previa y con garantías, y documentar todo lo ocurrido. En este caso, la ausencia de aviso, la falta de testigos independientes y el origen irregular de las pruebas fueron determinantes.

El fallo, confirmado por el TSJ madrileño, ha reavivado el debate público. Muchas trabajadoras se han sentido identificadas con F., recordando que los procedimientos disciplinarios deben respetar derechos básicos. En resumen: las formas importan, y mucho.

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