Pasar del subsidio del SEPE a cobrar el Ingreso Mínimo Vital: así funciona la ayuda automática

Si agotas el subsidio por desempleo, el SEPE puede tramitar tu paso al Ingreso Mínimo Vital si cumples las condiciones y firmas la declaración responsable.

Si terminas el subsidio por desempleo, y en tu hogar no se cobra ya el IMV, el SEPE puede facilitar la transición. También es válido si finaliza el subsidio extraordinario o la RAI o Renta Activa Inserción. Recordemos que ambas modalidades que están ya extintas, aunque aún hay beneficiarios que obtuvieron el derecho antes de que entrase en vigor la reforma, el 1 de noviembre de 2024.

Requisitos para beneficiarse de la pasarela entre subsidio de desempleo e IMV

En cualquier caso, para activar la transición entre fin de subsidio y el Ingreso Mínimo Vital debes dar tu consentimiento y firmar una declaración responsable conforme a la Ley 19/2021. En la fecha en la que se agota el subsidio debes cumplir: ser mayor de 23 años; si es un subsidio sin cargas familiares, no tener cónyuge ni pareja de hecho y vivir solo (sin nadie empadronado contigo).

Por otro lado, si es con responsabilidades familiares, convivir únicamente con quienes se tuvieron en cuenta para tu subsidio, sin otras personas empadronadas. ¿Cumples este perfil? Aquí tienes una tabla orientativa con las condiciones esenciales:

PerfilCondiciones esenciales en la fecha de agotamiento
Sin responsabilidades familiaresMayor de 23 años, sin cónyuge ni pareja de hecho y sin convivientes empadronados.
Con responsabilidades familiaresConvivencia exclusiva con las personas valoradas en tu subsidio, sin terceros empadronados.
Vida independiente (según edad)Si eres menor de 30 con subsidio sin cargas: vida independiente en España 2 años previos; si mayor de 30: 1 año.

Como ves, la clave es que tu situación en el padrón y en el hogar coincida con la que dio derecho al subsidio.

Fechas, plazos y cartas del SEPE para iniciar correctamente la transición al IMV

Durante el trimestre anterior al agotamiento, el SEPE te enviará una carta informativa sobre esta vía. Toma nota: los requisitos se verifican en la fecha exacta de fin del subsidio. ¿Cuándo te caduca? Planifica con antelación la cita, porque debe ser antes de esa fecha. Antes y después del agotamiento hay pasos muy concretos. Y ten cuidado, porque, sin declaración responsable no, arranca el trámite:

  1. El SEPE te envía la carta informativa en el trimestre previo al fin del subsidio.
  2. Si te interesa, pide cita en tu oficina de prestaciones (trámite “transición al IMV”) antes de la fecha de agotamiento. Te identificarán y te entregarán la declaración responsable para firmar el consentimiento de remisión de datos al IMV.
  3. Si tienes responsabilidades familiares: asegúrate de que todos los miembros (incluidos menores de 14) tengan DNI/NIE para llevar los originales a la cita. Si en la carta figura “cónyuge” pero es pareja de hecho, aporta certificación o documento público con al menos 2 años de antigüedad e indica si hay hijos en común. Si la pareja de hecho no cumple esos 2 años y no hay hijos, no procede la transición.
  4. Tras agotarse el subsidio, el SEPE comprueba que realmente ha finalizado y remite la información a la entidad gestora del IMV. Si comprueba que no se agotó, no hay envío ni transición.
  5. La entidad gestora del IMV revisa requisitos y resuelve en un máximo de 6 meses desde el agotamiento. Si no hay resolución expresa, se entiende desestimada.

Si no cumples alguna condición, puedes acudir directamente a la entidad gestora y presentar la solicitud ordinaria. Además, puedes pedir el IMV por cualquiera de estas vías:

  • Ante el INSS en todo el territorio (salvo País Vasco y Navarra).
  • Por la web del IMV (imv.seg-social.es).
  • En un CAISS con cita previa.

También, puedes hacerlo por registro electrónico o en oficinas de registro. En Navarra, también en sus oficinas de registro; y en cualquier Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) o por Correos.

Qué comprueba la entidad gestora del IMV y en cuánto tiempo resuelve

En la declaración responsable afirmas, entre otros extremos, la fecha de agotamiento del subsidio y la composición exacta de tu unidad familiar (si la hay). También declaras que, si eres beneficiario sin cargas, no estás casado ni en pareja de hecho y vives sin otras personas en el domicilio.

La ley exige requisitos generales como residencia legal y efectiva en España durante el año anterior a la solicitud. Para menores de 30 en la modalidad individual, se acredita vida independiente en España durante dos años; si tienes 30 o más, basta un año. Cuando formas parte de una unidad de convivencia, esta debe estar constituida durante al menos los seis meses anteriores.

La declaración incluye otros compromisos: mantener los vínculos familiares comunicados, no tener reconocido un 65% o más de discapacidad ni estar en situaciones que den complemento de monoparentalidad. Asimismo, renuncias a que situaciones excepcionales previstas en la ley se usen para flexibilizar requisitos en esta vía específica, y autorizas el uso de tu teléfono y correo para comunicaciones de la Seguridad Social.

¿Todo claro? Si dudas, mejor revisa tu carta y la documentación antes de la cita. También, puedes consultar más temas relacionados en la sección de prestaciones de nuestro periódico digital.

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