Este lunes, muchos usuarios en las redes sociales y algunos portales publicaban una noticia: a partir de 2025, los autónomos estarían exentos de declarar IVA. Sin embargo, tanto Hacienda como la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) han desmentido esta información en la red social X y al portal Autónomos y Emprendedores. ¿Qué hay de cierto entonces en lo que se publicó? Te informamos a continuación.
Información verídica sobre el IVA franquiciado
Muchas de las informaciones publicadas hasta día de hoy sostienen que se va a aprobar el régimen de franquicias en España. No obstante, lo que está previsto para enero de 2025 es la entrada en vigor de una Directiva europea, la 2020/285. Esta normativa, en el caso de operar el año que viene, no afectaría a la gran mayoría de los autónomos.
¿Quiénes se verían beneficiados?
Pese a que Hacienda se había comprometido a exonerar a los autónomos que facturasen menos de 85.000 euros de pagar IVA pero luego rectificó, informando que se limitaría a aplicar esta normativa a operaciones internacionales.
Por estos motivos, la Directiva 2020/285 concierne únicamente a quienes realizan sus operaciones con otros trabajadores por cuenta propia que sí están establecidos en un país europeo con IVA franquiciado. Esto significa que solo quedarían exentas de abonar IVA las facturas con clientes o proveedores que estén en países en los que esté en funcionamiento este sistema, no en España.
Además de las declaraciones de fuentes de la Agencia Tributaria a Autónomos y Emprendedores, el presidente de ATA, Lorenzo Amor, puso este lunes fin a los bulos: «Por mucho que lo quisiéramos y así estuvimos negociando…. No es cierto que en 2025 los autónomos con ingresos inferiores a 85.000€ dejarán de presentar el IVA Están apareciendo noticias erróneas sobre esta materia».
¿Cómo afectaría el IVA franquiciado a los autónomos?
El IVA franquiciado está dirigido a los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros anuales o 100.000 euros en el caso de actividades intracomunitarias. Sin embargo, se encuentran excluidos sectores como telecomunicaciones, energía o bienes de lujo.Este tipo de impuesto franquiciado permite establecer precios más competitivos en sus servicios al no tener que incluir obligatoriamente el IVA en las facturas de los clientes. Por otro lado, reduce notablemente los trámites.
Por otro lado, una de sus desventajas principales es la pérdida de la posibilidad de deducir el IVA soportado en los gastos del negocio. Esto afecta principalmente a los trabajadores por cuenta propia que tienen altos costes de fabricación o que requieren comprar materiales costosos para desarrollar su actividad.
Negociaciones pendientes con la Agencia Tributaria
Aunque son varios los autónomos que ya han solicitado la implantación del IVA de franquicias, la mesa para la reforma fiscal sigue paralizada en esta cuestión y siguen pendientes las negociaciones con Hacienda. De hecho, en mayo, Amor expresó su descontento en X afirmando que “España es el único país de la Unión Europea en el que los autónomos no tienen un IVA franquiciado”.
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