Desde el 3 de abril, cualquier propietario que quiera alquilar su vivienda como alojamiento turístico necesitará la aprobación de la comunidad, que podrá aplicar un recargo del 20 % y controlar el trámite a través de la nueva Ventanilla Única Digital.
Independizarse ya era complicado y, con los precios del alquiler disparados, más de uno se pregunta: ¿habrá todavía pisos disponibles a un precio razonable? El Gobierno cree que sí, pero antes quiere que los inmuebles vuelvan al mercado residencial. Por eso, la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal (Ley Orgánica 1/2025) introduce un requisito inédito: sin permiso expreso de la comunidad de vecinos no habrá alquiler vacacional.
Quiénes necesitan permiso de la comunidad y por qué esta reforma es clave para el alquiler
La medida afecta a todos los propietarios que pretendan destinar su vivienda a uso turístico o de corta estancia. El visto bueno deberá obtenerse en la junta de propietarios y alcanzar una mayoría cualificada de tres quintas partes. ¿El motivo? Frenar el ‘sobreturismo’, reducir el ruido y, sobre todo, aumentar la oferta de pisos para quienes buscan contrato estable. Además, la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha recalcado que esta mayoría refuerza la capacidad de los vecinos para decidir sobre el bienestar del edificio.
Fechas de entrada en vigor y registro digital obligatorio para todos los alquileres temporales en España
Aunque la ley se publicó en enero, su aplicación comenzó oficialmente el 3 de abril de 2025. Para reforzar el control, el Ejecutivo activó la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos el 2 de enero y la hará plenamente operativa en julio. Este registro estatal centralizará todos los contratos turísticos y temporales, cruzará datos con ayuntamientos y comunidades autónomas y facilitará la detección de fraudes.
Fecha | Hito principal de la reforma |
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2 de enero de 2025 | Arranca la Ventanilla Única Digital en fase piloto |
3 de abril de 2025 | Entra en vigor la Ley Orgánica 1/2025 |
Julio de 2025 | Registro digital obligatorio para todos los alquileres temporales |
Como ves, el calendario está pensado para dar a los propietarios un margen de adaptación, pero el tiempo vuela: ¿ya has revisado si necesitas la autorización vecinal para alquilar tu vivienda?
Pasos, documentación y mayoría de tres quintas partes para obtener la autorización vecinal
Antes de colgar el anuncio en internet conviene preparar la solicitud. Estos son los trámites, paso a paso:
- Convocar junta ordinaria o extraordinaria solicitando la inclusión del punto “Aprobación de alquiler vacacional de la vivienda X”.
- Presentar memoria descriptiva del uso turístico y, si procede, certificado de habitabilidad.
- Conseguir la mayoría de 3/5 de propietarios y cuotas a favor (quedan reflejados en acta).
- Pagar, si la comunidad lo establece, el recargo de hasta un 20 % sobre los gastos comunes.
- Inscribir el acuerdo en la Ventanilla Única Digital y adjuntar copia en el ayuntamiento correspondiente.
Estos pasos pueden gestionarse de forma presencial, a través del administrador de fincas, o por vía telemática cuando la comunidad disponga de firma electrónica.
Recargo del veinte por ciento y objetivo de frenar el sobre‑turismo y liberar vivienda habitual
La reforma contempla que las comunidades impongan una cuota adicional de hasta el 20 % a las viviendas destinadas a alquiler de corta duración. Ese importe cubrirá el mayor desgaste de zonas comunes, provocado por la rotación de huéspedes y servirá como incentivo para priorizar contratos de larga estancia. Por consiguiente, los propietarios deberán valorar si el beneficio del alquiler turístico compensa el sobrecoste y los nuevos trámites.
De hecho, el Gobierno confía en que muchos opten por el arrendamiento tradicional, ampliando la oferta para familias y jóvenes que buscan un hogar definitivo. ¿Será suficiente para bajar los precios? Aún es pronto para saberlo, pero la intención es clara: menos pisos turísticos y más viviendas accesibles. Síguenos durante los 365 días del año para conocer más noticias sobre trámites y otras gestiones.