Hacienda da una ayuda de 1.150 € por convivir con mayores de 65 años

Hacienda permite restar hasta 1.150 euros en la próxima declaración de la Renta a quienes compartan hogar con un ascendiente de más de 65 años: conoce los requisitos, importes y plazos que no se te pueden pasar.

La Agencia Tributaria contempla un beneficio fiscal pensado para aliviar el bolsillo de las familias que acogen en casa a sus padres, abuelos o bisabuelos mayores de 65 años. La cuantía parte de 1.150 € por ascendiente y crece hasta 2.250 € si supera los 75, siempre que se cumplan unas condiciones de convivencia y de ingresos muy concretas.

Requisitos para acceder a la deducción de 1.150 € en la declaración de la Renta

¿Te preguntas si realmente puedes aplicar esta ayuda? Antes de lanzarte a modificar tu borrador, confirma que marcas todas las casillas:

  • El ascendiente tiene 65 años o más, o bien cualquier edad con una discapacidad mínima del 33 %.
  • Convivencia acreditada durante al menos medio año fiscal; para discapacitados, cuenta la estancia en un centro especializado.
  • Rendimientos íntegros del ascendiente por debajo de 8.000 € (excluidas rentas exentas).
  • Si presenta declaración de la Renta, sus ingresos sujetos al impuesto no pueden sobrepasar los 1.800 €.

Superados estos filtros, la deducción se calcula automáticamente al validar el apartado “Mínimo por ascendientes” en Renta Web. Fácil, ¿verdad?

Tabla de importes actualizados de la deducción según la edad del ascendiente

A continuación tienes, de un vistazo, las cifras que Hacienda aplicará en 2025, según la edad u otras circunstancias del familiar a tu cargo:

Situación del ascendienteDeducción anual (€)
Edad entre 65 y 74 años1.150
Edad igual o superior a 75 años2.250
Fallecimiento durante el ejercicio1.150

Como ves, el salto es considerable a partir de los 75 años. Tenlo presente si el familiar cumple esa edad antes de 31 de diciembre: bastará con un solo día para acceder al máximo.

Procedimiento paso a paso para solicitar la deducción de hasta 2.250 € en Renta Web sin errores

Llegado el momento de presentar la declaración, el proceso no tiene pérdida. En primer lugar, accede al borrador con tu referencia o certificado digital y navega hasta el apartado “Datos personales y familiares”. Allí se consignan los ascendientes que generan derecho al mínimo. Comprueba nombre completo, NIF y fecha de nacimiento; un dígito mal escrito puede costarte los 1.150 €.

Posteriormente, revisa el cálculo automático del programa. Si el ascendiente convive desde hace menos de 183 días, no podrás marcarlo. ¿Todo correcto? Pulsa «Validar datos» y la deducción quedará incluida en la cuota íntegra. Este trámite se puede hacer también de forma presencial pidiendo cita previa en una oficina de la AEAT, aunque el camino online es más rápido.

Qué hacer si tu ascendiente fallece y otros supuestos que disparan dudas frecuentes entre contribuyentes

Por duro que resulte, la muerte del familiar durante el año fiscal no anula la ayuda. Hacienda mantiene los 1.150 € siempre que existiera convivencia previa. Otra pregunta habitual: ¿pueden dos hermanos aplicar la deducción por el mismo ascendiente? La respuesta es no; solo el contribuyente que convive puede practicarla, aunque convivan varios ascendientes.

Además, cuando el ascendiente pasa de los 74 a los 75 años, la deducción se eleva automáticamente el mismo año natural, sin trámites extra. Por tanto, conviene actualizar la fecha de nacimiento en Renta Web para evitar sustos.

En definitiva, esta deducción es una oportunidad de oro para aliviar el IRPF si cuidas de tus mayores. No dejes pasar el plazo y revisa la documentación con calma: un par de minutos pueden traducirse en más de mil euros de ahorro. Síguenos a diario para conocer más noticias relacionadas con otras ayudas y prestaciones de la Administración pública.

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