Hacienda ha emitido un comunicado dirigido a los propietarios de pisos o casas. En él, les informa sobre sus obligaciones tributarias una vez que haya finalizado el proceso de venta de sus inmuebles. La Agencia Tributaria (AEAT), ha resaltado las diferencias entre los impuestos que tienen que pagar los dueños de una vivienda nueva y los que han comprado una de segunda mano.
En primer lugar, si el comprador adquiere propiedades de obra nueva, ha de saber que deberá pagar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), actualmente establecido en un 10% del precio de compra para inmuebles residenciales. Por otro lado, si compra una vivienda de segunda mano, en lugar del IVA, tendrá que abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este tributo, gestionado por las comunidades autónomas, gira en torno el 6% y el 10% del valor del inmueble.
Impuestos de Hacienda para los propietarios de viviendas
En primer lugar, hay que tener en cuenta que una vez que el comprador haya adquirido una propiedad, hay diferencias entre los impuestos aplicables a una vivienda de obra nueva a otra de segunda mano. Te nombramos estos tres impuestos estipulados por la AET:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles: conocido como IBI, es un tributo anual que deben pagar todos los dueños de las viviendas. Este es gestionado por los ayuntamientos y se calcula en función del valor catastral de la propiedad. Es importante destacar que el abono del IBI es anual y su impago puede derivar a sanciones e intereses de demora.
- Plusvalía municipal: este impuesto deberá pagarlo el propietario cuando quiera vender su vivienda. El plazo de pago es de 30 días hábiles tras la venta de la propiedad. Hay dos principales procesos de cálculo para la plusvalía municipal: uno basado en el valor catastral del terreno y otro en la ganancia real obtenida por la venta. Los vendedores tienen la opción de elegir el método que les resulte más cómodo.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): en este, el propietario del inmueble deberá informar sobre posibles ganancias patrimoniales en su próxima Declaración de la Renta. Esta se calcula restando al precio de venta el valor de adquisición y los gastos asociados a la compra.
¿Quiénes quedan exentos de los impuestos de Hacienda?
Sin embargo, según la Agencia Tributaria existen situaciones en las que los contribuyentes pueden beneficiarse de la venta de su vivienda y eximirse del IRPF. Entre ellos se encuentran aquellos mayores de 65 años y personas en situación de dependencia. Por otro lado, se incluyen a los vendedores que reinviertan el dinero de la venta en la compra de otra vivienda en un plazo de dos años antes o después de la operación.
Si eres propietario/a de un inmueble, tienes dudas sobre los impuestos que debes pagar, y, además, quieres estar al día de todas las noticias de Hacienda, no te pierdas todas las novedades en la sección de trámites.
Noticias relacionadas
- El Supremo estudia una ventaja en la Renta a padres y madres con custodia compartida
- Hacienda avisa: el Bono Joven de Alquiler puede obligarte a presentar la Renta 2025
- Hacienda abre este viernes la cita previa para presentar la Renta presencial
- La UE quiere poner fin a la tarifa regulada PVPC: la factura de la luz podría subir un 15%
- Guía para acceder a una vivienda pública de alquiler en Andalucía
- La Junta recuerda los trámites que debes hacer después de firmar un contrato de alquiler