La Seguridad Social mantiene un tope en el importe de la pensión para quienes acumulan más de 36 años y 6 meses de cotización. Según informa Europa Press, aunque esas personas alcanzan el 100% de la base reguladora, no se contemplan incrementos adicionales si se jubilan en la edad ordinaria. ¿Te interesa conocer por qué y cómo funciona este límite?
¿Por qué la Seguridad Social no incrementará la pensión si se superan 36 años cotizados?
El sistema público de pensiones establece, en la Ley 27/2011, un cálculo progresivo que parte del 50% de la base reguladora con 15 años de cotización, aumentando cada mes hasta llegar al 100% al contabilizar 36 años y 6 meses. Superar esa cifra no garantiza mejoras automáticas. Así, incluso con 40 años de vida laboral, se mantiene el 100% al jubilarse en la edad legal.
Por otro lado, la legislación está diseñada para premiar a quienes retrasan su retiro más allá de la edad ordinaria, aplicando un 4% adicional por cada año completo de trabajo posterior. Sin demora, no hay opción de mejorar la cuantía.
La jubilación demorada como única vía para recibir mayores incrementos en la prestación
La única forma de aumentar el importe de la pensión si ya se superan los 36,5 años cotizados es recurrir a la jubilación demorada. Esta modalidad exige mantenerse de alta en la Seguridad Social y seguir cotizando tras la edad legal de retiro. Si el trabajador elige posponer su jubilación, podrá sumar un 4% de incremento anual por cada año íntegro que retrase. Por ejemplo, una persona con 38 años cotizados y que decida jubilarse dos años después de la edad ordinaria podría ver su pensión incrementada en un 8%. A continuación, se muestra una tabla comparativa que resume la relación entre los años cotizados y el porcentaje aplicado:
Años de cotización | Porcentaje de la base reguladora | Observación |
---|---|---|
15 años | 50% | Mínimo para acceder a la pensión contributiva |
36 años y 6 meses | 100% | Máximo porcentaje sin retrasar la jubilación |
Más de 36 años y 6 meses | 100% | Sin mejora adicional salvo jubilación demorada |
Cada año demorado | +4% | Se añade al 100% por cada año completo retrasado |
La tabla anterior demuestra que quienes opten por jubilarse en la edad ordinaria sin retrasar su retiro no verán incrementos en la cuantía, aunque superen el mínimo exigido para alcanzar el 100%.
Reformas próximas y consejos para quienes quieran prolongar su vida laboral profesional
A partir de 2027, el umbral para recibir el 100% de la base reguladora se situará en 37 años cotizados, como parte de los ajustes diseñados para reforzar la sostenibilidad del sistema público de pensiones. Además, desde 2025, se prevé que los retrasos de más de seis meses (pero menos de un año) generen un 2% adicional de incremento. ¿Quieres saber qué pasos podrías dar para aprovechar estas reformas? Aquí tienes una lista breve que puede ayudarte a planificar:
- Consultar el informe de vida laboral para revisar cuántos años cotizados llevas.
- Analizar la posibilidad de retrasar la jubilación y sus beneficios económicos.
- Verificar la legislación que se aplicará según la fecha en que preveas jubilarte.
- Calcular si compensa cotizar más meses y recibir incentivos parciales.
En definitiva, quienes rebasen los 36,5 años de cotización y se jubilen en la edad legal no obtendrán una subida de la pensión, salvo que demoren su retiro voluntariamente. Por consiguiente, cada trabajador deberá evaluar si merece la pena continuar en activo con el objetivo de sumar esos porcentajes extra y, de esta manera, mejorar el importe final de la prestación.