El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) establece una normativa específica sobre la edad hasta la que se puede percibir la pensión de incapacidad permanente. Esta prestación, por su propia naturaleza, está diseñada para cubrir de manera vitalicia la falta de ingresos causada por una lesión o enfermedad que imposibilita al trabajador desempeñar su labor habitual. Sin embargo, una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilación, pueden ocurrir determinados cambios que es necesario conocer.
¿Te interesa saber más? A continuación, detallamos las claves sobre hasta qué edad se puede cobrar la pensión de incapacidad permanente, cómo se transforma al llegar a la jubilación y en qué casos puede extinguirse.
Cómo afecta la edad ordinaria de jubilación a la pensión de incapacidad permanente en 2025
La norma general establece que la incapacidad permanente se percibe hasta la edad legal de jubilación. A partir de ese momento, el INSS deja de revisar la incapacidad y la pensión se transforma, aunque no significa que el trabajador pierda el derecho a la prestación. En 2025, existen dos edades de jubilación ordinarias diferentes:
Años cotizados (o más) | Edad de jubilación en 2025 |
---|---|
38 años y 8 meses | 65 años |
Menos de 38 años y 8 meses | 66 años y 8 meses |
Como se muestra en la tabla, el requisito principal es el número de años cotizados a la Seguridad Social. Para quienes hayan alcanzado o superado los 38 años y 8 meses de cotización, la jubilación puede solicitarse con 65 años. Para el resto, la edad se alarga hasta los 66 años y 8 meses.
Nuevas opciones para mantener la pensión de incapacidad al llegar a la jubilación ordinaria
Al cumplir la edad de jubilación, la pensión de incapacidad permanente se “convierte” en una pensión de jubilación cuando la persona no tiene derecho a otra distinta. Por el contrario, si el trabajador sí puede pedir una pensión de jubilación contributiva derivada del mismo régimen de cotización, deberá elegir entre ambas prestaciones. En el caso de proceder de un régimen de cotización distinto, es posible compatibilizar la pensión de incapacidad y la jubilación.
¿Y si has notado una mejoría en tu estado de salud? Hasta alcanzar la edad de jubilación, el INSS está facultado para revisar periódicamente la incapacidad. Si determina que ya no existe la causa que originó la prestación, puede retirarla. Eso sí, siempre cabe la posibilidad de presentar reclamaciones y alegaciones contra la decisión.
Principales razones por las que se puede extinguir la incapacidad permanente en España
Es cierto que la incapacidad permanente tiene carácter vitalicio, pero la normativa prevé que esta prestación puede extinguirse en determinadas circunstancias. A continuación se muestra una lista con las más comunes:
- Revisión con resultado de mejoría de la salud.
- Fallecimiento de la persona beneficiaria.
- Opción voluntaria por la pensión de jubilación, si existiera derecho.
- Revisión de oficio que determine la pérdida del derecho a cobrar la prestación.
En cualquiera de estos casos, la Seguridad Social permite el correspondiente procedimiento de reclamación para que el ciudadano defienda su situación particular.
La pensión de incapacidad permanente puede mantenerse de por vida, siempre que persistan las condiciones de salud que la motivaron, hasta llegar a la edad ordinaria de jubilación. A partir de ese momento, suele transformarse en pensión de jubilación o coexistir con otra prestación, dependiendo del régimen de cotización. Para cualquier duda, conviene contactar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o informarse en la sede electrónica oficial.