Los autónomos llevan tiempo denunciando lo complicado que resulta acceder a las ayudas por desempleo que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta dificultad se hace especialmente evidente en el caso del subsidio para mayores de 52 años, una prestación destinada a personas que han agotado su paro, cumplen una serie de requisitos y, además, cuentan con seis años cotizados al desempleo. En la práctica, los trabajadores por cuenta propia quedan fuera porque, mientras cotizan en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), no generan derecho a desempleo. Es un serio problema para quienes tienen que cerrar su negocio y están a punto de la jubilación. ¿Por qué? Porque, aunque puedan demostrar 15 años de cotización en total, se encuentran con la barrera de no haber cotizado al desempleo los seis años exigidos al trabajar por cuenta ajena.
Las razones principales por las que los autónomos no cotizan al desempleo
María José Gómez, asesora de la subdirección general de Prestaciones del SEPE, explicaba recientemente que los autónomos “tienen una situación complicadísima”. Al desarrollar su actividad en el RETA, sus cuotas no contemplan la cotización al desempleo, sino al cese de actividad. De ahí que, al cesar su negocio, no puedan demostrar esos seis años de cotización que se exigen para el subsidio de 52 años. Además, el SEPE establece que debe existir una “situación legal de desempleo” junto con al menos 90 días de cotización sin gastar, algo que no siempre es viable tras agotar el paro del autónomo.
Según la asesora del organismo, muchos trabajadores por cuenta propia desconocen que, para recibir este subsidio, se exige un historial de cotización por desempleo. Por tanto, tras una larga etapa como autónomos, quienes echan el cierre necesitan haber trabajado un mínimo de tiempo por cuenta ajena o, de lo contrario, se les deniega la ayuda. Esta realidad afecta a miles de profesionales que, al finalizar su vida laboral, no pueden completar los requisitos del subsidio para mayores de 52 años.
Requisitos básicos que impiden al colectivo de autónomos solicitar este subsidio estatal
Por lo general, para optar al subsidio de 52 años se exige:
- Tener cumplida dicha edad en el momento de solicitar la ayuda.
- Haber cotizado al desempleo al menos seis años a lo largo de la vida laboral.
- Acreditar 15 años de cotización total, con dos en los últimos 15 años.
- No superar el límite de ingresos mensuales, establecido en 888 euros (75% del SMI).
¿Te interesa saber más? Observa la siguiente tabla informativa con las condiciones principales:
Condición | Requisito mínimo |
---|---|
Años cotizados en total | 15 años |
Cotización específica por desempleo | 6 años |
Límite de rentas mensuales | 888 euros (75% del SMI) |
Cuantía del subsidio | 480 euros (80% del IPREM) |
Cotización a la jubilación durante la ayuda | 125% del SMI |
Como puede verse, el problema principal es esa cotización específica por desempleo, algo que los autónomos no generan.
¿Se habilitará una ayuda específica para los trabajadores por cuenta propia?
El debate está sobre la mesa. La asesora del SEPE reconoce que sería “normal” plantear una nueva norma que cubra a los autónomos en este tramo de edad. Muchos llevan décadas cotizando por cuenta propia y se enfrentan a un vacío de protección cuando cesan su actividad. Mientras tanto, la solución pasa por acreditar un periodo de empleo por cuenta ajena para complementar las cotizaciones y cubrir los seis años que la ley exige para el subsidio de 52 años. No obstante, dar este paso al final de la vida laboral suele ser inviable para la gran mayoría.
En definitiva, la imposibilidad de cotizar al desempleo limita que los autónomos accedan a un subsidio clave para quienes superan los 52 años y están sin trabajo. Con todo, cada vez son más las voces que reclaman una reforma específica para este colectivo. Si es tu caso, conviene informarse sobre el cese de actividad y valorar la posibilidad de ejercer por cuenta ajena un tiempo para “reunir” esos seis años de cotización por desempleo.