Cuando una persona alcanza la edad de jubilación ordinaria que actualmente se sitúa en España en 66 años y 8 meses, correspondería que cobrarse su pensión. Generalmente, se entiende que en las jubilaciones se pierde el derecho al paro. No obstante, existen unas excepciones que contempla el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). En el artículo de hoy te comentamos cuándo esto es posible. También, todo lo que debes apuntar para gestionar estas prestaciones, en el caso de que las necesites.
Cuándo el SEPE te permite seguir cobrando el paro y la pensión de jubilación
El SEPE menciona que, si al cumplir la edad de jubilación, no cuentas con los requisitos exigidos para cobrar la pensión, podrás entonces continuar cobrando la prestación por desempleo. Para ello, deberás presentar una certificación expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Eso sí, esto no se aplica en el caso de que se trate de supuestos de suspensión o reducción de jornada por ERTE.
¿Y si la persona desempleada está percibiendo una pensión de jubilación parcial o una pensión de jubilación reconocida en un sistema distinto al español? Aquí, el SEPE señala que podrá continuar compatibilizando ambas ayudas.
¿Y si estás cobrando un subsidio por desempleo? La respuesta del SEPE
Si la prestación que recibes es un subsidio por desempleo, la compatibilidad dependerá de que sigas careciendo de rentas propias mensuales de cualquier naturaleza superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI).
No va incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias (el importe de la pensión, con prorrata de pagas extraordinarias, se tendría en cuenta como renta). También, deberás seguir rindiendo cuentas al SEPE sobre responsabilidades familiares, excepto si la prestación es un subsidio para mayores de 52 años, ya que esta no requiere cargas familiares.
¿Si estás en el paro corre peligro tu jubilación?
Durante los períodos en los que has percibido prestación contributiva has cotizado por jubilación. Esto se debe a que el SEPE se encarga de ingresar las cotizaciones por esta contingencia. Por ende, el acceso a la pensión de jubilación únicamente correría peligro si, a causa de estar un largo periodo de tiempo sin cotizar, no se alcanzan 15 años (y dos de ellos en los últimos 15) a lo largo de toda la vida profesional. Ese es el mínimo periodo de cotización que se exige para la jubilación contributiva de la Seguridad Social.
No obstante, cuando concluye la prestación contributiva por desempleo o un subsidio que cotiza, es posible adherirse a un convenio especial de la Seguridad Social para a cambio del pago de una cuota mensual. Estos permiten cotizar sin trabajar. El objetivo es que los ciudadanos que lo necesiten obtengan los años que les falten para llegar a los 15 cotizados. De esta forma, tendrán acceso a la pensión de jubilación.
Ya sabes los escenarios en los que el SEPE te permiten cobrar el paro y la pensión de jubilación de forma simultánea. Si te interesan estas noticias especializadas en la comunidad autónoma de Andalucía, no dejes de consultar nuestra sección de prestaciones.