Las mujeres que han tenido uno o varios hijos pueden beneficiarse de un máximo de cinco años de cotización adicional, incluso si no trabajaron durante el posparto. Esta medida, conocida como “cotización ficticia”, ayuda a evitar que se vea mermada la futura pensión de jubilación. ¿En qué consiste esta ventaja para las madres trabajadoras? A través del artículo 235 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), las mujeres que hayan sido madres pueden sumar, sin coste alguno, ciertos periodos de cotización a su vida laboral. ¿El objetivo? Compensar las interrupciones profesionales derivadas del embarazo, parto o cuidado de hijos para que no afecten negativamente a la pensión de jubilación.
Cómo la Seguridad Social facilita cotizaciones ficticias a las madres españolas
Las cotizaciones ficticias son periodos reconocidos por la Seguridad Social en los que no se trabajó efectivamente, pero que computan como si se hubiese cotizado. Se dividen en dos grandes bloques:
- Parto: Se pueden sumar 112 días por cada hijo nacido. En caso de parto múltiple, se añaden 14 días más por cada bebé adicional, siempre que no se haya cotizado durante las 16 semanas posteriores al nacimiento.
- Cuidado de hijos: Permite añadir hasta 270 días de cotización por cada hijo o menor acogido, siempre que existiera una interrupción laboral. Solo puede beneficiarse un progenitor y se prioriza a la madre salvo renuncia expresa.
Estas dos medidas se pueden combinar hasta un máximo total de 1.825 días, lo que equivale a cinco años.
Cuántos días pueden sumarse y en qué supuestos se aplica
Para solicitar estas cotizaciones ficticias, es imprescindible que el nacimiento o adopción haya implicado una pausa laboral. También se reconoce el derecho aunque el parto tuviera lugar fuera de España, si se superaron 180 días de gestación. Además, si se disfrutó del permiso de maternidad con contrato vigente, no se sumarán los días correspondientes al periodo ya cotizado.
Por otro lado, las mujeres que trabajaron a tiempo parcial pueden beneficiarse igualmente de estos días reconocidos como jornada completa. De hecho, la jurisprudencia subraya que no se les puede aplicar ningún coeficiente reductor. Además de estas cotizaciones, existe el complemento para la reducción de la brecha de género, que incrementa la pensión a quienes hayan tenido uno o varios hijos. Se abona en 14 pagas al año y, para 2025, las cifras son:
Número de hijos | Cuantía mensual | Cuantía anual |
---|---|---|
1 | 35,90 € | 502,60 € |
2 | 71,80 € | 1.005,20 € |
3 | 107,70 € | 1.507,80 € |
4 | 143,60 € | 2.010,40 € |
¿Te interesa saber más? Es un añadido que premia la dedicación a la familia y busca compensar el impacto en la carrera laboral.
Consejos finales para solicitar con éxito este beneficio en tu cotización
Para agilizar el trámite, conviene reunir con antelación la documentación que acredite los periodos de inactividad. Se recomienda:
- Solicitar la vida laboral actualizada para confirmar las lagunas de cotización.
- Presentar el libro de familia o certificado de nacimiento/adopción.
- Asegurarse de no duplicar el beneficio si el otro progenitor ya ha cotizado esos días.
Por tanto, quienes cumplan con los requisitos pueden ver incrementada su base de cotización antes de solicitar la jubilación, ganando así estabilidad económica a largo plazo. Para cualquier duda, se aconseja acudir a las oficinas de la Seguridad Social o consultar su sede electrónica, donde figura la información detallada sobre estos derechos y los formularios de solicitud.