‘La isla de las tentaciones’ es uno de los realities que más ha dado de qué hablar. Concretamente, la temporada 8 de este año, ha sido un auténtico éxito. A día de hoy se ha convertido en un placer culpable para muchos (y libre de culpas para otros tantos), reuniendo a millones de telespectadores.
Estos, como buenos voyeurs, esperaban expectantes cuál sería el destino de un Montoya que se abría la camisa tras la infidelidad de su novia, Anita. Sin embargo, hoy nos remontamos a otra edición, de hace dos años, que le costó un despido a una trabajadora. Te revelamos qué sucedió.
Vio ‘La isla de las tentaciones’ durante su horario laboral
Esta trabajadora, era responsable de Recursos Humanos. La sentencia emitida en noviembre de 2024, señala que comenzó a trabajar en la empresa en febrero de 2022. Fue el 31 de mayo de 2023 cuando la compañía le notificó su despido disciplinario. Una de las razones que aludió fue que había sido sorprendida viendo ‘La isla de las tentaciones’ a pesar de que había recibido una amonestación por ello. No obstante, cuando se fue su encargado, reanudó el famoso reality. Además, entre otras infracciones, se acusaba a la empleada de:
- Usar recursos de la empresa para fines personales: empleó la fotocopiadora para imprimir sus propios anuncios de empleo donde se ofrecía como cuidadora de niños o documentación de un máster que iba a hacer.
- Anomalías cometidas en el mes de mayo en la gestión de las nóminas que afectaban a la cotización de los trabajadores y que supuso un trabajo extra para sus compañeros.
Ver ‘La isla de las tentaciones’ y estas acciones, a juicio de la empresa, estaban catalogadas como infracciones graves en el convenio colectivo de aplicación y justificaban el despido. Ella decidió reclamar. El 10 de julio de 2023 se celebró el acto de conciliación. Este concluyó sin que ambas partes llegaran a un acuerdo.
Tras su despido, demandó a la empresa
Fue el 1 de agosto cuando la trabajadora interpuso una demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid. En ella, solicitó que el despido fuese declarado improcedente. Asimismo, reclamaba su correspondiente indemnización y el abono de una serie de retribuciones que había señalado como impagadas, que ascendía a una cantidad de 6.228.84 euros. Sin embargo, el plazo para ello finalizaba el 19 de julio (son 20 días hábiles).
Demanda desestimada, pero no por ‘La isla de las tentaciones’: estaba fuera de plazo
No obstante, el Juzgado de lo Social número 14 de Madrid desestimó su demanda, evaluando que ya la solicitud estaba caducada. Para ello tuvo en cuenta la fecha del despido, la fecha en la que se articuló la papeleta de conciliación, cuándo se celebró el acto y la fecha de presentación de la demanda. Ella, no quedó conforme e interpuso un recurso de suplicación el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ).
En su defensa, expuso que el plazo debía considerarse como suspendido porque pidió cita con el Servicio de Orientación Jurídica el 11 de julio de 2023. Aun así, el tribunal rechazó esta alegación, ya que no aportó la documentación que evidenciase la fecha exacta de solicitud y su concesión. También, señaló que este recurso de suplicación era “muy deficiente su articulación tanto desde un punto de vista formal como sustantivo”.
Por lo tanto, al ser declarado como despido procedente, la trabajadora se quedó sin indemnización, así que su afición por ‘La isla de las tentaciones’ le salió muy cara. Para seguir leyendo estas noticias, puedes visitar regularmente este periódico digital.