Por todos es sabido que ante una situación de desempleo, los ciudadanos tenemos derecho a acceder a una prestación contributiva. De esta forma, el Gobierno asegura el Estado de bienestar. Un Estado capaz de proteger a cualquier persona que se encuentre en una situación de vulnerabilidad económica.
Así que los trabajadores que involuntariamente pierdan su empleo podrán acceder a una prestación contributiva. Así, esta prestación se cobrará dependiendo de lo que haya cotizado el trabajador durante los últimos seis meses (180 días) en lo que ha estado dado de alta. En 2025, el primer semestre, el importe diario que se cobrará de paro será el 70% de la base reguladora que tenga. Desde el séptimo mes hasta el final de la prestación, el paro se reducirá hasta el 60% de esta base.
Aun así, el Gobierno fija una cantidad y un tiempo máximo del derecho a este subsidio. Lo cual se determina a través del valor del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), creado en 2004 como índice de referencia para la concesión de ayudas y subsidios en función de los ingresos.
Cuantía máxima de prestación contributiva que puedes cobrar si tienes más de dos hijos
Si tienes dos o más de dos hijos, la prestación contributiva máxima mensual es de 1.575 euros. Si bien, estos límites se aplicarán siempre que se haya trabajado a tiempo completo. Si fuera el caso del tiempo parcial hay que hacer el cálculo de manera proporcional. Por otro lado, en cuanto a la cuantía mínima contributiva en 2025 es de 749 euros.
En este punto te preguntarás, cómo se calcula el importe de la prestación. Pues, este se calcula según la base reguladora. Para alcanzar el máximo de contribución debes haber cotizado durante los últimos seis meses previos a la solicitud del paro por una base de, al menos, 2.248,12 euros brutos al mes. A su vez, es necesario tener dos hijos o más cargo.
Diario Sur, informa “Al importe bruto de la prestación se le aplicarán dos tipos de deducciones: la cotización a la Seguridad Social (el 4,7 % de la base reguladora hasta el 31/12/2022 y el 4,82 % a partir del año 2024 con el aumento del 0,12 % por aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional-MEI), y la retención a cuenta del IRPF”.
Y añaden “Al importe bruto de la prestación se le aplicarán dos tipos de deducciones: la cotización a la Seguridad Social (el 4,7 % de la base reguladora hasta el 31/12/2022 y el 4,82 % a partir del año 2024 con el aumento del 0,12 % por aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional-MEI), y la retención a cuenta del IRPF”.
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