Las agresiones en el trabajo, pueden implicar un despido. Esto es lo que le ocurrió a un trabajador de una empresa de la empresa DIGI Spain Telecom, S.L. Este, fue despedido tras un fuerte encontronazo con un compañero, que terminó en una pelea con violencia física. Sin embargo, él no quedó conforme con la decisión que tomó la compañía y decidió recurrir a la justicia. ¿Quieres saber cuál fue la sentencia? Te contamos todos los detalles en esta noticia.
El despido fue a los pocos días de ser indefinido
El trabajador en cuestión inició su relación laboral con la empresa el 9 de enero de 2023 mediante un contrato de duración determinada. Allí, se desempeñaba como técnico de replanteos/delineante de 2º, con una jornada laboral de 39 horas semanales y un salario anual de 24.100 euros. Este contrato pasó a ser indefinido el 8 de abril de 2023. La pelea tuvo lugar nueve días después, el 17 de abril.
Según recoge la sentencia, alrededor de las 08:30 horas de la mañana, sucedió la pelea, que terminó con el trabajador citado con una “erosión en la mucosa labial a nivel del labio superior y algo más profunda en el labio inferior sin requerir de puntos de sutura”. Mientras, el otro empleado recibió un puñetazo que la causó “menoscabos en el labio”.
Tras conocer los detalles del altercado, la compañía procedió a despedir al trabajador de manera disciplinaria el 21 de abril de 2023. En su carta de despido, argumentó que su conducta en el lugar de trabajo había sido inapropiada y contraria a las normas internas, particularmente en relación con la violencia física entre compañeros. El 11 de mayo de 2023, él presentó una papeleta de conciliación ante el CMAC, que tuvo lugar el 19 de junio de ese mismo año, pero no se alcanzó un acuerdo entre ambas partes.
Primera sentencia: despido procedente
El trabajador justificó su comportamiento explicando que su acción fue en defensa propia debido a una agresión por parte del compañero. Para ello, solicitó ante el Juzgado de lo Social nº 15 de Barcelona, que su despido fuera declarado nulo o, subsidiariamente, improcedente.
Sin embargo, la justicia falló en su contra y declaró que el despido disciplinario fue procedente. La sentencia señalaba que la conducta del agresor constituía una falta muy grave, según lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo de la siderometalurgia.
Llevó a su caso al Tribunal Superior: la sentencia
El trabajador trasladó su caso al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y presentó un recurso de suplicación, solicitando readmisión o una indemnización por parte de la compañía. En su defensa, sostuvo que otro empleado presente en el incidente y también despedido, sí que llegó a un acuerdo transaccional con la empresa. Sin embargo, la sentencia argumenta que a su compañero no se le imputó una participación activa en la pelea, sino una actitud pasiva.
Por lo tanto, evaluó que su despido estaba basado en circunstancias distintas. De esta manera, el tribunal ha insistido que la doctrina gradualista, que sugiere una proporcionalidad entre la falta cometida y la sanción impuesta, no era aplicable en este caso. También consideró que el trabajador no actuó en defensa propia, sino de forma activa, por lo que la agresión física cumplía con los requisitos para que Telecom adoptase esa medida.
Por lo tanto, la justicia resolvió que la conducta del trabajador evidenció una actitud violenta, considerando que el despido disciplinario estaba plenamente justificado. Si te interesan todas las noticias sobre sentencias, puedes consultar este periódico digital.