El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establece que, en función de la causa que originó la baja médica, el periodo de paro podría reducirse tras un despido. Es un punto clave para aquellos trabajadores que están de baja por enfermedad común o accidente no laboral, ya que el tiempo de incapacidad se descuenta del total de la prestación por desempleo.
La legislación española no prohíbe que una empresa despida a un trabajador que se encuentre de baja médica, pero el motivo del cese no puede ser la propia incapacidad. Si se demostrara que el único fundamento del despido es estar de baja, se consideraría una práctica ilegal. ¿Te interesa saber más acerca de cómo proteger tus derechos en este caso? Lo fundamental es comprobar el origen de la baja y mantener al día la documentación que acredite la incapacidad temporal.
Diferencia entre enfermedad común y accidente laboral al percibir el paro
El SEPE apunta que cuando el trabajador despedido se encuentra de baja por enfermedad común o accidente no laboral, el periodo que permanezca en incapacidad temporal se descuenta de la duración de la prestación por desempleo. Por ejemplo, si tenía derecho a 24 meses de paro y pasa tres meses de baja tras el despido, al recibir el alta solo le quedarán 21 meses de desempleo. Durante la baja, continuará recibiendo la prestación correspondiente (gestionada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o la mutua), pero el cómputo total de paro disminuye.
No obstante, el panorama varía si se trata de un accidente de trabajo o enfermedad profesional. En ese caso, el periodo de baja no consume la prestación por desempleo, manteniéndose íntegra la duración que corresponda tras el alta. Hecha un vistazo a la tabla explicativa sobre el origen de la baja y su efecto en la prestación por desempleo, así puedes ver de una forma gráfica cómo influye el origen de la baja en la duración del paro:
Origen de la baja | Efecto en el paro |
---|---|
Enfermedad común o accidente no laboral | El tiempo de incapacidad temporal se descuenta de la prestación por desempleo |
Accidente laboral o enfermedad profesional | El periodo de incapacidad temporal no reduce la duración de la prestación de paro |
Como ves, es esencial distinguir ambas situaciones para evitar sorpresas posteriores.
Puntos básicos para reclamar y gestionar la prestación por desempleo si estás de baja médica
Te recordamos esta serie de puntos prácticos para reclamar y gestionar la prestación por desempleo si estás de baja, con el fin de que no pierdas ningún derecho:
- Confirmar la causa de la baja: determina si es común, laboral o profesional.
- Informar al INSS o a la mutua: según corresponda, para la gestión de la incapacidad.
- Consultar al SEPE: confirma la duración de tu prestación por desempleo y si habrá reducción.
- Conservar toda la documentación: partes de baja, informes médicos y comunicaciones de la empresa.
Ojo con los plazos de notificación y con las fechas en que se comunican los partes médicos. Cualquier retraso puede perjudicar tus derechos. Debes tener en cuenta que la clave está en saber el origen de la incapacidad temporal y en cumplir con los trámites ante el SEPE, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la mutua correspondiente. Así, podrás prever si tu paro se mantendrá íntegro o se verá reducido.
En caso de duda, conviene buscar asesoramiento especializado, sobre todo si sospechas que el motivo del despido es la propia baja. No obstante, puedes consultar más información sobre este y otros asuntos relacionados con presentaciones en nuestro portal web de información.