El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede exigir la devolución de un importe si detecta que se te ha abonado de más, tanto en la prestación por desempleo como en los subsidios. Es un trámite que requiere atención, ya que saltarse los plazos o no cumplir con la devolución puede acarrear sanciones económicas. ¿Quieres saber cómo y cuándo efectuar este proceso? A continuación, te lo explicamos paso a paso.
Las principales razones por las que el SEPE puede reclamar una devolución de prestaciones por desempleo
Aunque el SEPE suele supervisar con cuidado los importes ingresados, no está exento de errores. En muchas ocasiones, esos pagos indebidos pueden surgir por actualizaciones tardías en la situación laboral del beneficiario, como la realización de un trabajo esporádico o una variación de ingresos que no se comunicó a tiempo.
Por lo general, el organismo notifica al ciudadano con suficiente antelación, indicando la cuantía a devolver. Ese es el momento crítico para actuar, ya que se dispone de 30 días para realizar el abono correspondiente.
¿Te preocupa no contar con el dinero para devolver el pago? En este caso, la ley contempla diversas alternativas que explicaremos más adelante. Lo importante es no ignorar la notificación, porque las sanciones pueden ir aumentando de forma progresiva.
Cómo gestionar la devolución de cobros indebidos del SEPE y evitar sanciones económicas progresivas
De acuerdo con la normativa, el primer paso es abonar la cuantía indebida en el plazo de 30 días desde la comunicación. Si no lo haces, la deuda puede empezar a generar intereses, recargos y posibles penalizaciones. De hecho, si tampoco se compensa con la propia prestación (si es que aún la estás recibiendo), el SEPE emitirá una “certificación de descubierto”, abriendo la vía de apremio y aplicando un recargo del 20% al importe total. Para no llegar a ese punto, existen dos vías principales:
- Solicitar aplazamiento o fraccionamiento: se presenta un formulario ante el SEPE, aunque conlleva intereses de demora.
- Optar por la compensación con la prestación: si sigues cobrando el paro o un subsidio, parte de esa mensualidad se destinará a saldar la deuda.
En la siguiente tabla, resumimos las opciones más habituales para la devolución:
Modalidad de devolución | Requisitos principales | Consecuencias |
---|---|---|
Aplazamiento o fraccionamiento | Presentar solicitud formal, sujeto a aprobación del SEPE | Intereses de demora y plazos de pago escalonados |
Compensación con la prestación vigente | Estar cobrando una ayuda por desempleo y autorizar al SEPE a retener parte de la mensualidad | Se descuenta automáticamente hasta saldar la deuda |
Como ves, ambas soluciones buscan facilitar el abono, evitando recargos mayores que puedan desestabilizar tu economía familiar.
Procedimientos para aplazar o fraccionar la deuda y derecho a alegaciones frente al SEPE
Si, por cualquier motivo, consideras que no procede la devolución, siempre puedes presentar alegaciones ante la Dirección Provincial del SEPE en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación. Este escrito de reclamación suele incluir pruebas que justifiquen por qué el cobro indebido no fue responsabilidad tuya.
En caso de que aun así el organismo confirme la devolución, conviene valorar el aplazamiento o fraccionamiento. Para ello, hay que rellenar el correspondiente formulario, disponible en la web del SEPE o en sus oficinas. Antes de entregarlo, revisa los requisitos exigidos y aporta la documentación solicitada para agilizar el proceso.
¿Te interesa saber más sobre la gestión de trámites públicos? Recuerda que puedes consultar las sedes oficiales y nuestra plataforma, para informarte sobre otras prestaciones, subsidios y ayudas estatales o autonómicas.